12.05.2013 Views

2001 - Escola Superior do Ministério Público

2001 - Escola Superior do Ministério Público

2001 - Escola Superior do Ministério Público

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

Revista Jurídica da ESMP - n.º 2 191<br />

Naturalmente, no to<strong>do</strong> el proceso penal puede ser oral, pero sí<br />

pre<strong>do</strong>minantemente. La cuestión es que es en la vista o juicio oral en<br />

senti<strong>do</strong> estricto (debate, vista principal, etc., el nombre es indiferente),<br />

en <strong>do</strong>nde se han de practicar las pruebas sobre los hechos alega<strong>do</strong>s y<br />

en <strong>do</strong>nde se ha de pedir la condena o absolución de una persona, y ello<br />

se hace oralmente ante el órgano jurisdiccional.<br />

Consecuencia inmediata de esta afirmación, y aquí nos<br />

enfrentamos ante un problema muy grave, es que ni uno sólo de los<br />

actos de investigación practica<strong>do</strong>s durante la instrucción del proceso<br />

penal tiene valor probatorio alguno, no sirve para condenar ni para<br />

absolver, sólo sirve para meritar si se acusa a una persona de un<br />

determian<strong>do</strong> delito o no. Esto resta un enorme poder a la Policía, y ése<br />

es el problema práctico más relevante que plantearía la unificación<br />

internacional, porque las resistencias podrían llegar a ser «heroicas». Es<br />

cierto que los casos límite (urgencia, flagrancia, prueba anticipada), tienen<br />

una fácil regulación, pero los demás no, sobre to<strong>do</strong> aquéllos en los que<br />

pueden resultar vulnera<strong>do</strong>s derechos fundamentales (entrada y registro<br />

<strong>do</strong>miciliario, intervención telefónica, injerencias corporales,<br />

principalmente), en los que la Policía, por la contundencia del resulta<strong>do</strong><br />

probatorio que se puede obtener, merece un control específico, al que<br />

los poderes públicos, que deben vender en sus elecciones su contribución<br />

a la seguridad ciudadana, se suelen negar, con mayor o menor descaro.<br />

De la máxima general de la oralidad se derivan, a su vez, principios<br />

muy interesantes, también fácilmente comprensibles e identificables<br />

en el ámbito internacional. Destacaré el principio de publicidad, y dejaré<br />

ahora el de inmediación y concentración.<br />

El juicio oral, salvo excepciones previstas expresamente en la<br />

ley, que tengan auténtica relevancia, interpretadas además<br />

restrictivamente, debe ser público, ha de ser necesariamente público.<br />

Publicidad significa <strong>do</strong>s cosas distintas: Publicidad para las partes de<br />

los actos procesales, aunque en este caso estamos más bien ante el<br />

principio de contradicción o defensa; y publicidad para terceros, para el<br />

público en general, que es la verdadera publicidad.<br />

Es evidente, al contemplar precisamente al público, al pueblo en<br />

suma, que este principio tiene un trasfon<strong>do</strong> ideológico muy importante,

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!