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2001 - Escola Superior do Ministério Público

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Revista Jurídica da ESMP - n.º 2 199<br />

penal si lo desea (como España sin ir más lejos, que permite incluso a<br />

los no ofendi<strong>do</strong>s acusar, la llamada acusación popular), o al menos en<br />

los que es oída antes de cualquier decisión que le pueda perjudicar<br />

(Nicaragua por ejemplo). Resolveríamos así de una manera mucho más<br />

adecuada además los graves problemas que asociaciones y grupos<br />

plantean hoy en procesos penales de una complejidad extraordinaria,<br />

que no pueden depender de la simple decisión oportunista del Ministerio<br />

Fiscal. Pensemos en grupos de vecinos que luchan diariamente contra<br />

la droga que se trafica en sus barrios y calles, asociaciones que luchan<br />

contra los delitos medioambientales, etc., y tendremos la constelación<br />

inmediatamente planteada ante nosotros.<br />

3) Finalmente, la Policía Judicial: Tan importante es este tema hoy<br />

que es objeto de un taller internacional especializa<strong>do</strong>, aquí en San Pablo,<br />

que se está celebran<strong>do</strong> al mismo tiempo que este Congreso, patrocina<strong>do</strong><br />

por el Instituto Max-Planck de Derecho Penal extranjero e internacional<br />

de Friburgo de Brisgovia (Alemania), que sin duda abrirá unas perspectivas<br />

de estudio en los próximos años muy fructíferas. Con la Policía Judicial<br />

nos encontramos de lleno con uno de los aspectos que más llevan al<br />

difícil equilibrio, por inestable, en el que siempre se mueve el proceso<br />

penal, porque existe necesidad de garantizar una investigación eficaz,<br />

que en realidad únicamente puede conseguir una Policía bien organizada<br />

y auténticamente profesionalizada, y sin embargo ella, mero auxiliar en el<br />

proceso penal, no puede llevar formalmente la dirección de la<br />

investigación, que necesariamente ha de corresponder o a un Fiscal o a<br />

un Juez por fuerza de la Ley. Y ese Juez o ese Fiscal necesitan a la<br />

Policía ineludiblemente para poder cumplir con esa dirección.<br />

Gráficamente decía el gran jurista alemán KERN que la Fiscalía sin la<br />

Policía es como una cabeza sin manos, no puede actuar sin ella. Pero<br />

esto implica un riesgo permanente de colisión o, lo que es peor, que una<br />

parte, la profesional (el auxiliar), se acabe imponine<strong>do</strong> en realidad a la<br />

otra, la técnica (el jefe).<br />

El peligro no sólo de una investigación ineficaz, sino también de<br />

otros males mayores, como el de impunidad o de corrupción policial,<br />

está en el fon<strong>do</strong> de esta cuestión, puesto que ni el sistema legal<br />

considera<strong>do</strong> en la abstracción de la ley ni su práctica deben tolerar que<br />

la investigación real descanse en manos de la Policía. No se nos oculta

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