2001 - Escola Superior do Ministério Público
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Revista Jurídica da ESMP - n.º 2<br />
La investigación del delito se otorga a la Fiscalía, pues la norma<br />
fundacional sigue el modelo procesal penal anglosajón (excepto en lo<br />
obvio, porque en estos procesos como es lógico no habrá Jura<strong>do</strong>). Rige<br />
por tanto el principio acusatorio puro y existe un juicio oral y público. Las<br />
Reglas de Procedimiento y Prueba, aprobadas en Nueva York en 2000,<br />
matizan las facultades instructorias del Fiscal y complementan las<br />
pertinentes disposiciones del Estatuto sobre esta materia.<br />
La instrucción puede comenzar por instancia de un Esta<strong>do</strong> parte<br />
o del Consejo de Seguridad, pero el Fiscal evalúa si hay fundamento<br />
razonable para ello observan<strong>do</strong> el cumplimiento de los requisitos de<br />
admisibilidad legalmente previstos, o de oficio por el propio Fiscal si<br />
considera que hay fundamento suficiente, pero en este caso la apertura<br />
del procedimiento la debe autorizar la Sala de Cuestiones Preliminares.<br />
En la investigación el Fiscal está obliga<strong>do</strong> a actuar objetivamente y<br />
a buscar la verdad. Actúa en régimen de monopolio, pues la víctima no<br />
puede ser parte en estos procesos, aunque goza de determinadas<br />
protecciones y derechos, como el de ser oída si pueden quedar afecta<strong>do</strong>s<br />
su intereses personales. El imputa<strong>do</strong> goza de amplios derechos,<br />
principalmente del de defensa, pudien<strong>do</strong> hacerlo personalmente.<br />
Finalmente diré que no existe Policía al servicio del Fiscal del<br />
Tribunal Penal Internacional, porque será la propia de cada Esta<strong>do</strong> en<br />
virtud del principio de cooperación, lo cual por la propia naturaleza de la<br />
estructura policial puede ser peor solución que la de crear un cuerpo<br />
propio. Veremos qué ocurre con el paso del tiempo.<br />
C) La investigación del crimen contra los intereses financieros<br />
de la Unión Europea en la propuesta Corpus Iuris:<br />
El Corpus Iuris es un proyecto de la Unión Europea para la<br />
protección penal y procesal penal de sus intereses financieros. Gesta<strong>do</strong><br />
en 1997, incluso antes, su texto de 1999 está sien<strong>do</strong> discuti<strong>do</strong> estos<br />
días. Constituye el intento de armonización del proceso penal europeo<br />
más serio probablemente, aunque su objeto se limite a la persecución<br />
del fraude y tutela del presupuesto de la Unión.<br />
El texto recoge un articula<strong>do</strong> armónico y unitario, en <strong>do</strong>nde se<br />
prevén los tipos penales básicos y las normas procedimentales mínimas