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2001 - Escola Superior do Ministério Público

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Revista Jurídica da ESMP - n.º 2<br />

Los principales mecanismos procedimentales que permiten la<br />

justicia consensuada son, en primer lugar, las disposiciones de<br />

procedimiento acelera<strong>do</strong> (Beschleunigtes Verfahren ss.417-420) que,<br />

desde las reformas de Verbrechensbekampfungsgesetz de 1994, permiten<br />

una significante simplificación del procedimiento en el caso de delitos<br />

leves. De mayor relevancia es el dato de que el Ministerio <strong>Público</strong> disfruta<br />

de la importante ventaja de invocar el Strafbefehlsverfahren (orden penal,<br />

ss. 417-20) en delitos leves y menos graves, que permite la justicia<br />

unilateral de un caso sin juicio formal o fallo. El tribunal puede actuar con<br />

mera desconfianza (s. 408 (II)) a través de la imposición de multas, retirada<br />

de licencias o cargos condicionales. La reforma del Acto de 1993 también<br />

proveyó la posibilidad de suspensión de una sentencia por más de un<br />

año. El procedimiento es rápi<strong>do</strong> y está sujeto a una apelación por el<br />

acusa<strong>do</strong> que ha de tener lugar en 14 dias.<br />

En su decisión de 27 de Enero de 1987, el Tribunal Constitucional<br />

Federal aprobó la practica de la justicia negociada, estableció que no<br />

había infracción por parte del tribunal de la obligación de establecer la<br />

verdad, la conexión entre culpa y sentencia fue retenida, se respetó la<br />

igualdad de tratamiento y las decisiones se empezaron a tomar libremente<br />

y no bajo presión. 15 La asamblea de todas las partes (excepto los jueces<br />

no profesionales) se está convirtien<strong>do</strong> en algo cada vez mas común<br />

(Kuhne 1993, pp. 156- 7; Huber 1996, p. 160) y, aunque los tribunales no<br />

están obliga<strong>do</strong>s por los acuer<strong>do</strong>s pre-judiciales, pueden prometer reflejar<br />

su cooperacion en la sentencia. Hoy día, alega<strong>do</strong> esto, entre el 20 y el<br />

30% de los casos penales alemanes se resuelven a través de alguna<br />

forma de negociación (Dubber 1997, p.549). Esta tendencia ha provoca<strong>do</strong><br />

considerable controversia en Alemania al contradecir algunos de los<br />

principios basicos del procedimiento penal.<br />

3.III. JUSTICIA CONSENSUADA EN ITALIA<br />

El sistema italiano, como el alemán, requiere acusación obligatoria<br />

y acuer<strong>do</strong> consensual; por lo tanto, no puede incluir la acusación sino<br />

solo la sentencia. Las reformas en Italia de 1988-916 ofrecen una lección<br />

15 Bundesverfassungsgericht, 27 de Enero 1987, Neue Zeitschrift fur Strafrecht, 1987, p. 419<br />

16 Ley 447 de 22 de Septiembre 1988

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