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Derechos humanos en Argentina - Estamos en fueradelexpediente ...

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138 derechos <strong>humanos</strong> <strong>en</strong> arg<strong>en</strong>tina. informe 2012nacionales o gobiernos extranjeros o ag<strong>en</strong>tes de una organización internacionala realizar un acto o abst<strong>en</strong>erse de hacerlo. 94La razón que justificó la reforma fue la necesidad de cumplir con la exig<strong>en</strong>ciadel G-20 y del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), relativa alas obligaciones internacionales <strong>en</strong> materia de financiami<strong>en</strong>to del terrorismoy de lavado de activos. 95 Se sostuvo que, para ello, era mejor no avanzar <strong>en</strong>una definición específica de terrorismo sino incorporar una agravante <strong>en</strong> laparte g<strong>en</strong>eral del Código P<strong>en</strong>al que permitiera calificar algunos delitos como“acciones terroristas”.Son varios los puntos críticos de esta iniciativa. 96 La reforma introducecon muy mala técnica legislativa una agravante para todos los delitos delCódigo P<strong>en</strong>al (art. 41 quinquies), con una formulación sumam<strong>en</strong>te laxa,que deja a criterio judicial la interpretación de posibles “finalidades terroristas”o de actos extorsivos a las autoridades. Esta clase de formulación esviolatoria del principio constitucional de legalidad que exige que los tiposp<strong>en</strong>ales sean precisos, para achicar el marg<strong>en</strong> de discrecionalidad y arbitrariedad<strong>en</strong> la aplicación de la ley p<strong>en</strong>al. Además, se optó nuevam<strong>en</strong>te por laincorporación de agravantes <strong>en</strong> la parte g<strong>en</strong>eral del Código P<strong>en</strong>al, tal comose hizo para responder a las demandas punitivistas del efecto “Blumberg”. 97Esto g<strong>en</strong>era inconsist<strong>en</strong>cias internas <strong>en</strong> el Código P<strong>en</strong>al. Por ejemplo, sealtera la escala p<strong>en</strong>al al permitir que delitos m<strong>en</strong>os graves, si se comet<strong>en</strong>con finalidad terrorista, sean castigados con p<strong>en</strong>as más altas que las figuras94 Ley 26 734, art. 3: “[…] Cuando alguno de los delitos previstos <strong>en</strong> esteCódigo hubiere sido cometido con la finalidad de aterrorizar a la poblaciónu obligar a las autoridades públicas nacionales o gobiernos extranjeros oag<strong>en</strong>tes de una organización internacional a realizar un acto o abst<strong>en</strong>ersede hacerlo, la escala se increm<strong>en</strong>tará <strong>en</strong> el doble del mínimo y el máximo”(sancionado el 22 de diciembre de 2011).95 Véanse, <strong>en</strong>tre otras notas periodísticas, “Alak prometió ante GAFI que la Arg<strong>en</strong>tinasancionará ley contra lavado de dinero de orig<strong>en</strong> ilícito”, Terra, 27 de octubre de2011, disponible <strong>en</strong> , fecha de última consulta: 7 demarzo de 2012; y “Respiró el Gobierno: el GAFI no pidió otra ley antilavado”,Ámbito Financiero, 17 de febrero de 2012.96 Hubo varios pronunciami<strong>en</strong>tos de las organizaciones sociales y de derechos<strong>humanos</strong> <strong>en</strong> contra de que se sancione el proyecto de ley antiterrorista. ElCELS, junto con otras organizaciones sociales y de derechos <strong>humanos</strong>, firmóuna declaración pública y pres<strong>en</strong>tó una nota a los s<strong>en</strong>adores para que no lasancion<strong>en</strong>. Véase “Una reforma p<strong>en</strong>al que legitimaría la criminalización de laprotesta”, disponible <strong>en</strong> y Horacio Verbitsky, “De terror”,Página/12, 18 de diciembre de 2011.97 Veáse CELS, Informe 2004, ob. cit.

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