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Derechos humanos en Argentina - Estamos en fueradelexpediente ...

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libertad de expresión y derecho a la información 4215. la regulación de la publicidad oficial. muchas necesidadesy pocas solucionesDurante 2011 continuaron los debates <strong>en</strong> torno a la distribución de la pautapublicitaria oficial. Tanto <strong>en</strong> el ámbito del Poder Ejecutivo nacional comode los gobiernos provinciales y municipales, distintos casos volvieron a evid<strong>en</strong>ciarla falta de normativas que regul<strong>en</strong> la asignación de los recursos publicitariosestatales según criterios claros, racionales y no discriminatorios.Sin embargo, el debate parlam<strong>en</strong>tario sobre el tema permaneció fr<strong>en</strong>adotanto <strong>en</strong> el Congreso nacional como <strong>en</strong> las legislaturas provinciales y los consejosdeliberantes. La única excepción fue el municipio de Morón, donde afines de noviembre de 2011 la Legislatura aprobó por unanimidad el proyectoelaborado por el int<strong>en</strong>d<strong>en</strong>te Lucas Ghi, que previam<strong>en</strong>te había sidosometido a debate <strong>en</strong> audi<strong>en</strong>cias públicas con la participación de más de150 periodistas, sindicatos y organizaciones de la sociedad civil. Morón setransformó así <strong>en</strong> el primer municipio del país <strong>en</strong> regular la asignación de lapauta publicitaria oficial con un mecanismo que establece criterios transpar<strong>en</strong>tespara su distribución, acceso a la información y r<strong>en</strong>dición de cu<strong>en</strong>tas através de información actualizada <strong>en</strong> la web. La ord<strong>en</strong>anza prevé la creaciónde un Registro de Medios de Comunicación – Proveedores y Licitadores delMunicipio que incluya a los medios interesados <strong>en</strong> recibir publicidad oficial,que contará con el asesorami<strong>en</strong>to de un órgano consultivo integrado porrepres<strong>en</strong>tantes de los medios de comunicación locales. Más allá de que sedeba controlar su funcionami<strong>en</strong>to <strong>en</strong> la práctica a lo largo de los próximosmeses, la iniciativa merece ser t<strong>en</strong>ida <strong>en</strong> cu<strong>en</strong>ta como un modelo a seguir,tanto para otros municipios como para la elaboración de normativas de alcanceprovincial o nacional.En el ámbito federal, el 2 de marzo la Corte Suprema hizo lugar a un reclamode la Editorial Perfil y confirmó el fallo que obliga al Estado nacionala mant<strong>en</strong>er un equilibrio razonable para la asignación de la pauta <strong>en</strong>tre losdistintos medios. En rigor, la Corte reiteró los criterios ya explicitados <strong>en</strong> fallosanteriores, <strong>en</strong> particular <strong>en</strong> los casos “Editorial Río Negro S.A.” y “EmisionesPlat<strong>en</strong>ses S.A.”. De acuerdo con esos preced<strong>en</strong>tes, el tribunal reiteró que noexiste un derecho subjetivo por parte de los medios de comunicación a obt<strong>en</strong>erpublicidad oficial, pero sí un derecho contra la asignación arbitraria o laviolación indirecta de la libertad de pr<strong>en</strong>sa por medios económicos. Es decirque el Estado no está obligado a seguir un mismo criterio para todos los casos,<strong>en</strong> la medida <strong>en</strong> que no exista una ley que así lo establezca, aunque debe fijaralguna clasificación razonable y clara para la asignación de la pauta, que asegureque esta no se interrumpe <strong>en</strong> forma arbitraria debido a la línea editorialdel medio.

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