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Derechos humanos en Argentina - Estamos en fueradelexpediente ...

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el modelo de la prisión-depósito. medidas urg<strong>en</strong>tes <strong>en</strong> los… 209bellón <strong>en</strong> la unidad, y que no <strong>en</strong>t<strong>en</strong>día por qué se había dispuesto sualojami<strong>en</strong>to <strong>en</strong> la celda 2 del pabellón 12 de la Unidad 48, t<strong>en</strong>i<strong>en</strong>doconducta ejemplar 10 durante los tres últimos años de det<strong>en</strong>ción”, loque fue confirmado por el def<strong>en</strong>sor con el legajo personal. (Informe del secretariode ejecución de la Def<strong>en</strong>soría G<strong>en</strong>eral de San Martín, visita realizadael 9 de marzo de 2011 a la Unidad 48.) [el destacado es nuestro].Las decisiones del Ministerio de Justicia y Seguridad han estado dirigidas afijar pautas para regir los ingresos y reubicaciones de los internos del SPB.A partir de la Resolución 1938/10, se diseñó un sistema de clasificación delos internos para especificar los criterios de ubicación, pero esto no produjocambios sustanciales respecto de la discrecionalidad con la que se decid<strong>en</strong> lostraslados. Como muestra de ello, durante cada visita que realizamos <strong>en</strong> marzode 2011 a la Unidad 48. En esa oportunidad, el jefe del p<strong>en</strong>al nos informó queel hacinami<strong>en</strong>to <strong>en</strong> el pabellón 12 (clausurado al día sigui<strong>en</strong>te de la visita) seexplicaba por los movimi<strong>en</strong>tos de det<strong>en</strong>idos que se realizaban de acuerdo aesa resolución. Cuando <strong>en</strong>trevistamos a los det<strong>en</strong>idos, advertimos que la granmayoría estaba alojada allí hacía quince días <strong>en</strong> promedio, que v<strong>en</strong>ían de otrasunidades y que permanecían <strong>en</strong> los “buzones” a pesar de t<strong>en</strong>er conducta ejemplary estar trabajando <strong>en</strong> las unidades de las que habían sido trasladados.Los traslados sistemáticos fueron definidos <strong>en</strong> algunas circunstancias comoprácticas específicas de tortura o maltrato. El relator sobre los <strong>Derechos</strong> de lasPersonas Privadas de Libertad de la Comisión Interamericana de <strong>Derechos</strong>Humanos (CIDH) manifestó su preocupación por esta práctica al corroborarla gravedad de la situación <strong>en</strong> su visita <strong>en</strong> mayo de 2010. 60Tanto el Comité contra la Tortura (CCT) de la CPM como la Def<strong>en</strong>soríaG<strong>en</strong>eral de Mar del Plata pres<strong>en</strong>taron acciones colectivas de hábeas corpusque describ<strong>en</strong> mecanismos de traslados múltiples y arbitrarios aún p<strong>en</strong>di<strong>en</strong>tesde resolución. 61 La demora para resolver estos casos por parte de los tribuna-60 Relatoría de la CIDH, comunicado de pr<strong>en</strong>sa 64/10, 21 de junio de 2010, dis-Relatoría de la CIDH, comunicado de pr<strong>en</strong>sa 64/10, 21 de junio de 2010, disponible<strong>en</strong> .61 En esas acciones todavía p<strong>en</strong>di<strong>en</strong>tes de resolución, se plantea la inconstitucionalidadde los arts. 73 y 98 de la Ley 12 256 de Ejecución P<strong>en</strong>al, quepon<strong>en</strong> <strong>en</strong> cabeza del SPB la decisión del traslado. El CCT interpuso su acciónel 7de diciembre de 2007 ante el Tribunal de Casación provincial, y aún se<strong>en</strong>cu<strong>en</strong>tra <strong>en</strong> la SCBA, a la espera de una resolución. La segunda, interpuestapor la Def<strong>en</strong>soría G<strong>en</strong>eral de Mar del Plata ante el Juzgado de Garantíasn° 5 del departam<strong>en</strong>to, planteó la inconstitucionalidad de los artículos ysolicitó una medida cautelar para impedir el ingreso sin previa autorizaciónjudicial a la Unidad 15 de Batán de internos de otros departam<strong>en</strong>tosjudiciales. La medida cautelar fue confirmada por la Cámara de Apelacióny Garantías de Mar del Plata y se <strong>en</strong>cu<strong>en</strong>tra para resolver <strong>en</strong> el Tribunal de

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