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Derechos humanos en Argentina - Estamos en fueradelexpediente ...

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374 derechos <strong>humanos</strong> <strong>en</strong> arg<strong>en</strong>tina. informe 2012nuestro derecho a participar <strong>en</strong> las decisiones sobre el tratami<strong>en</strong>to aun <strong>en</strong> lassituaciones más difíciles.2.2. el propósito de la medicaciónEl artículo 12 hace refer<strong>en</strong>cia a los tratami<strong>en</strong>tos farmacológicos y el suministrode medicam<strong>en</strong>tos. Desde la Asamblea consideramos que esta clase detratami<strong>en</strong>tos deberían incluir nuestra participación; deberíamos ser informadossobre las alternativas disponibles, sus efectos y contraindicaciones, parapoder elegir, y que se respet<strong>en</strong> nuestras negativas. Con frecu<strong>en</strong>cia, algunasde estas consideraciones no son t<strong>en</strong>idas <strong>en</strong> cu<strong>en</strong>ta al mom<strong>en</strong>to de recetar ysuministrar medicam<strong>en</strong>tos a los paci<strong>en</strong>tes internados <strong>en</strong> estado de crisis. Porejemplo, p<strong>en</strong>samos que la interv<strong>en</strong>ción farmacológica debe t<strong>en</strong>er como guíafundam<strong>en</strong>tal nuestras experi<strong>en</strong>cias previas, evitar aquellos tratami<strong>en</strong>tos qu<strong>en</strong>o queremos volver a transitar e id<strong>en</strong>tificar los que nos resultaron b<strong>en</strong>eficiosos.También es necesario que se realic<strong>en</strong> análisis clínicos previos al mom<strong>en</strong>tode suministrar la medicación, para determinar nuestro estado de salud yprev<strong>en</strong>ir los efectos graves que podría causar la administración de fármacoscontraindicados y pot<strong>en</strong>cialm<strong>en</strong>te peligrosos. Además, se deb<strong>en</strong> llevar a cabocuidadosos controles de las dosis para evitar cualquier daño derivado de lasobremedicación.2.3. la esperanza de la inclusión socialEl artículo 11 de la ley propone el trabajo articulado desde difer<strong>en</strong>tes sectorescomo salud, educación y desarrollo social, para lograr la pl<strong>en</strong>a inclusión socialde los usuarios. Nosotros p<strong>en</strong>samos que este es el artículo de la sanación y lareintegración, que devuelve el derecho a la participación y a la vida <strong>en</strong> comunidada las personas usuarias de los servicios de salud m<strong>en</strong>tal. Es una nuevavisión que <strong>en</strong> algunas normas estuvo escrita, pero nunca cumplida.Con respecto a la importancia del acceso al trabajo y de la def<strong>en</strong>sa de sucontinuidad para la pl<strong>en</strong>a inclusión social de las personas usuarias, propusimosque la reglam<strong>en</strong>tación contemple: la posibilidad de aus<strong>en</strong>tarse del trabajopor motivos de salud m<strong>en</strong>tal; de asistir al trabajo con un acompañanteterapéutico y/o un asist<strong>en</strong>te personal; la prohibición de perder el empleo oparte del salario por motivos de salud m<strong>en</strong>tal.Por otra parte, queremos compartir algunas reflexiones de la APUSSAMsobre la forma <strong>en</strong> que deberían ser <strong>en</strong>t<strong>en</strong>didos los dispositivos previstos <strong>en</strong>el artículo 11:

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