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Derechos humanos en Argentina - Estamos en fueradelexpediente ...

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II. Seguridad y derechos <strong>humanos</strong>:el modelo de gobierno como clave *1. introducciónLos modelos de gobierno de la seguridad ejercidos por el Gobiernonacional, el de la provincia de Bu<strong>en</strong>os Aires y el de la Ciudad Autónoma deBu<strong>en</strong>os Aires han sido señalados como el eje de las difer<strong>en</strong>cias más profundas<strong>en</strong>tre ellos. Desde una perspectiva de derechos <strong>humanos</strong>, <strong>en</strong> la forma de gobiernode la seguridad se pon<strong>en</strong> <strong>en</strong> juego cuestiones críticas para las políticasdemocráticas.La opción histórica de delegar el gobierno de la seguridad <strong>en</strong> las propiasinstituciones policiales ha sido motivo de cuestionami<strong>en</strong>tos de organismos dederechos <strong>humanos</strong> y de otros actores sociales y ha estado pres<strong>en</strong>te <strong>en</strong> los diagnósticosdel CELS y <strong>en</strong> los docum<strong>en</strong>tos del Acuerdo de Seguridad Democrática(ASD). 1* Este capítulo fue escrito por Luciana Pol, Maximiliano Medina, FedericoEfrón, Guadalupe Basualdo y Marcela Perelman, con la colaboración deCarm<strong>en</strong> Martínez. La sección 2.6 fue escrita por Victoria Wigodzky y PaulaLitvachky. La sección 2.5 es una colaboración de Manuel Tufró, doctorandode la Facultad de Ci<strong>en</strong>cias Sociales de la UBA y becario del Conicet.Los autores agradec<strong>en</strong> la ayuda de Diego Morales, el trabajo de Magdal<strong>en</strong>aMarlow y Lucila Rotger <strong>en</strong> la compilación de fu<strong>en</strong>tes y la elaboración deinsumos para el análisis de las políticas de seguridad del Ministerio de Seguridadde la Nación, y de María Celeste Tempestoso, Violeta Rodríguez Vizzone Ignacio Rullansky, pasantes de la carrera de Sociología de la Facultad deCi<strong>en</strong>cias Sociales de la UBA, por el trabajo sobre los casos de viol<strong>en</strong>cia policialy por su asist<strong>en</strong>cia g<strong>en</strong>eral <strong>en</strong> la producción de este capítulo.1 El punto 5 del ASD, dedicado a la gestión democrática de las instituciones deseguridad, establece: “Todo gobierno ti<strong>en</strong>e la responsabilidad de ejercer laconducción civil y estratégica de las policías, que supone el pl<strong>en</strong>o control dela institución. La prev<strong>en</strong>ción y sanción del delito, de modo efici<strong>en</strong>te y legal,requiere un sistema policial estrictam<strong>en</strong>te subordinado a las directivas deseguridad pública formuladas por las autoridades gubernam<strong>en</strong>tales. La historiareci<strong>en</strong>te demuestra que la delegación de esta responsabilidad permitió laconformación de estados mayores policiales, autónomos, que han organizadovastas redes de corrupción, llegando a am<strong>en</strong>azar incluso la gobernabilidaddemocrática”.

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