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ADT - Análisis Diagnóstico Transfronterizo - FrePlata

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CAPÍTULO 33.5. EL MARCO INSTITUCIONAL3.5.1. República ArgentinaLa República Argentina es un Estado federal integradoinstitucionalmente por un Gobierno Nacional,Gobiernos Provinciales y el Gobierno de la CiudadAutónoma de Buenos Aires. A su vez, las Provinciasse dividen en Municipios y la Ciudad Autónoma deBuenos Aires en Comunas (estas últimas hasta elpresente no se encuentran organizadas).Tanto la Nación como las Provincias y la CiudadAutónoma de Buenos Aires poseen tres poderes. En elnivel nacional, el Poder Ejecutivo es ejercido por elPresidente de la Nación, en las Provincias por unGobernador (en los municipios de la Provincia de BuenosAires por el Intendente), y en la Ciudad Autónoma deBuenos Aires por el Jefe de Gobierno.El Poder Legislativo, tiene el cometido de sancionar lalegislación necesaria para lograr la aplicación de laConstitución Nacional, Provincial y de la Ciudad Autónomade Buenos Aires. En el nivel de la Nación, el PoderLegislativo radica en un Congreso Nacional bicameral(Cámara de Diputados y Cámara de Senadores). En laProvincia de Buenos Aires, la Legislatura se componede dos Cámaras: una de Diputados y otra de Senadores.La Ciudad de Buenos Aires tiene un Poder Legislativounicameral (Cámara de Diputados). Los Municipios dela Provincia de Buenos Aires poseen ConcejosDeliberantes. Dentro del Poder Legislativo de las tresjurisdicciones mencionadas, siendo nombrado yremovido por éste, se encuentra el Defensor del Pueblo,órgano independiente, con autonomía funcional,encargado de la defensa y protección de los derechosde los habitantes y el control de la función administrativa.El Poder Judicial tiene la misión de ser fiel intérpretede la Constitución y normas complementarias. A nivelde la Nación existe una Corte Suprema y Juzgadosinferiores, en la Provincia de Buenos Aires unaSuprema Corte y Juzgados Inferiores, y en la Ciudadde Buenos Aires un Supremo Tribunal y Juzgadosinferiores.La Constitución Nacional establece que las “autoridadesproveerán a la protección de este derecho, a la utilizaciónracional de los recursos naturales, a la preservación delpatrimonio natural y cultural, y de la diversidad biológicay a la información y educación ambientales...” y pone acargo de la Nación dictar normas que contengan losPresupuestos Mínimos de protección del ambiente y alas Provincias el dictado de las normas necesariaspara complementarlas, sin que las primeras alterenlas jurisdicciones locales (28) . La Ley de PresupuestosMínimos de Política Ambiental, Ley Nacional N o 25.675,realiza un deslinde jurisdiccional de competenciasentre la Nación y las Provincias. Establece como primerprincipio de interpretación y aplicación “de la presenteley, y de toda otra norma a través de la cual se ejecutela Política Ambiental”, que “la legislación provincial ymunicipal referida a lo ambiental deberá ser adecuadaa los principios y normas fijadas” en la misma y que,“en caso de que así no fuere”, la Ley prevalecerásobre toda norma que se le oponga (29) . La Ley tambiénaprobó el Estatuto del Consejo Federal de MedioAmbiente (COFEMA) (30) .La protección del medio acuático involucra un conjuntode cometidos y funciones que caen dentro del ámbitode competencia geográfico (espacios geográficos decompetencia de cada organismo) y material (objeto delas competencias de cada organismo) de un conjuntode organismos e instituciones gubernamentales. La geografíadel Río de la Plata y su Frente Marítimo, y laorganización política de la República Argentina como unEstado federal, determinan que sean de especial interésel marco jurídico de la Nación, el de la Ciudad Autónomade Buenos Aires y el de la Provincia de BuenosAires. Merece destacarse que la Nación aún posee yejecuta algunas funciones en la Ciudad, las cuales todavíano han pasado a la misma por no haberse cumplidoel procedimiento creado en la Ley de Garantías.3.5.1.1. La estructura institucional de laNación para la protección del medio ambienteEn el Gobierno de la Nación existen varios organismoscon competencias relevantes para la protección delmedio acuático en el Río de la Plata y su FrenteMarítimo (Fig. 3.3 y Tabla 3.8). Entre ellos deben( 28 ) Principio 10, 11, 15, 19 de la Declaración de Principios de la Conferencia de Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente realizada en Río de Janeiro en 1992.( 29 ) República Argentina. Ley Nacional N° 25.675 del 27 de noviembre de 2002. Artículo 4 (Principio de congruencia).( 30 ) Antes de la existencia de esta norma de presupuestos mínimos el COFEMA sólo cumplía funciones asesoras respecto a la SAyDS de la Nación.139PROYECTO FREPLATA

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