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Comportamiento Organizacional

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diversidad de intereses personales y grupales, sus acaloradas e interminables<br />

deliberaciones lo han convertido en un cuerpo que funciona más como un<br />

partido político que como el máximo ente académico de conducción de la<br />

educación superior del país.<br />

¿Podrá entonces el recién creado Ministerio de Educación Superior solventar<br />

ésta ineficacia?<br />

La conducción del sistema de educación superior no obedece, como pudiera<br />

creerse, a la orientación que por razones administrativas o políticas, pudiera<br />

darle el ministro a cargo del Despacho de Educación. La posibilidad de orientar<br />

la acción de un “pesado” cuerpo colegiado como el señalado, hacia la dinámica<br />

de las exigencias de transformación que hoy reclama la educación superior,<br />

esta fuera del alcance de cualquier ministro<br />

Por ejemplo, ¿Cómo puede el paradigma vigente apoyar al Ministro de<br />

Educación Superior en propuestas como: “la educación debe estar disponible<br />

para quien sea, donde sea y como sea, sin ninguna otra exigencia distinta a el<br />

deseo de accederla de quien la necesite”? o, algo más sencillo, ¿cómo puede<br />

responder a la llamada “municipalización de la educación superior”?.<br />

Bajo estas circunstancias, el Ministro de Educación Superior, pese a ser quien<br />

preside el CNU, se encuentra imposibilitado, por razones legales, políticas e<br />

incluso organizacionales, para apoyar, en forma contundente, los avances y<br />

propuestas que, por vía unilateral, pudieran adelantar los rectores de aquellas<br />

universidades experimentales que, precisamente, por su carácter experimental<br />

tomen decisiones que, ante el vacío político-legal del CNU, respondan a los<br />

lineamientos revolucionarios y constitucionales (Art. 103) de la educación<br />

superior en el País.<br />

Todos conocemos la importancia de una Ley de Educación Superior como la<br />

plataforma fundamental para la construcción de una universidad basada en un<br />

nuevo paradigma.<br />

Sin embargo, la pregunta que debemos formularnos es: ¿Son los dueños del<br />

paradigma actual los que deben redactar ese proyecto de Ley de Educación<br />

Superior?<br />

Sabemos que el CNU, a través de su oficina asesora la OPSU, ya tiene<br />

redactado un proyecto de Ley de Educación Superior. La existencia de este<br />

proyecto de ley nos lleva a otra interrogante: ¿Podrá entonces el CNU-OPSU,<br />

vistos como los representantes directos del paradigma que imposibilita el<br />

cambio, redactar una ley que establezca su propia desaparición?<br />

De acuerdo a lo señalado por cualquier libro sobre Teoría Administrativa<br />

ninguna organización capaz de planificar en forma autónoma respecto a su<br />

futuro y que al mismo tiempo decida en el presente sobre el manejo de<br />

recursos para atender ese futuro, establecería un futuro distinto a aquel que no<br />

sea el su interés. Esto, desde luego, suena obvio porque en lenguaje llano,<br />

esto lo que significa es que nadie esta dispuesto a “automoverse el piso”.<br />

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