07.05.2013 Views

Su historia y su obra

Su historia y su obra

Su historia y su obra

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

forme la liquidacion y anotaciones correspondientes, y luego al Tesorero, de quien recibirá<br />

la cantidad firmando el recibo.<br />

31. Cuando alguno retire la totalidad de <strong>su</strong> haber, se saldará <strong>su</strong> cuenta,<br />

recogiéndole la libreta, que se cancelará y archivará.<br />

Imposiciones de garantía.<br />

32. Se admitirán hasta doscientos mil reales en imposiciones de dos mil cada una,<br />

<strong>su</strong>jetas á las pérdidas y con opción á los beneficios que re<strong>su</strong>lten despues de cubiertos los<br />

gastos ordinarios del Establecimiento, y el cuatro por ciento que se abona á los imponentes<br />

de rédito fijo.<br />

33. Los imponentes de esta clase no podrán retirar el capital impuesto hasta que<br />

termine el año 1848.<br />

34. Llegado el espresado término se formalizará la liquidación, y se reintegrarán á<br />

estos imponentes <strong>su</strong>s capitales con aumento de la parte de beneficios, o con baja de la<br />

parte de pérdidas que les correspondan; sin perjuicio de que caso que re<strong>su</strong>lten beneficios<br />

al fin de cada año se verifique un dividendo de estos entre los imponentes á rédito<br />

eventual.<br />

35. Las imposiciones se admitirán dentro de un mes, contado desde la fecha en que<br />

se ponga en egecución este Reglamento, para lo cual precederá aviso en los periódicos; y se<br />

retirarán, como va dicho, al concluir el año 1848.<br />

36. Entonces se resolverá también en Junta General, si deben ó no recibirse de<br />

nuevo, y por qué tiempo, imposiciones de responsabilidad: caso afirmativo, serán<br />

preferidos los antiguos imponentes.<br />

37. Los documentos con que se acrediten estas imposiciones podrán endosarse y<br />

trasferirse con el visto bueno del Presidente de la Junta Directiva y registro en Contaduría.<br />

Una misma persona podrá tener dos ó mas imposiciones.<br />

Empeños y desempeños.<br />

38. La Caja-Banco, al prestar <strong>su</strong>s fondos, procurará asegurarse por concepto<br />

público de la honradéz de las personas que presenten las prendas para <strong>su</strong> empeño.<br />

39. Las prendas serán tasadas por un valor intrínseco, y la Caja-Banco solo prestará<br />

hasta las dos terceras partes de este valor cuando sean alhajas de oro, plata ó pedrería; y<br />

hasta la mitad cuando fuesen otros efectos.<br />

40. La Caja-Banco no prestará para mayor plazo que el de seis meses, cuando la<br />

prenda consista en alhajas de oro, plata ó pedrería; y el de tres cuando consista en los<br />

demás efectos. Estos plazos podrán renovarse por una sola vez.<br />

41. Para verificar un empeño se empezará por el reconocimiento de la prenda;<br />

siendo admisible dispondrá el Presidente <strong>su</strong> tasación en los términos que manifiesta el<br />

número 39, y en <strong>su</strong> vista mandará estender y firmará la papeleta por la cantidad que se<br />

solicita, no escediendo de la proporción prevenida en el mismo artículo. Con esta<br />

595

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!