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LEY GENERAL

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<strong>LEY</strong> <strong>GENERAL</strong> DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, COMENTADA<br />

cias con otros organismos de rango internacional, que en buena medida<br />

han representado punta de lanza para la materialización del mencionado<br />

derecho en disposiciones normativas y en instituciones de grandes alcances<br />

como los órganos garantes locales y el nacional. Por ello es que a<br />

través de la presente posibilidad, se podrán tender los puentes colaborativos<br />

para lograr una mayor participación, ya sea mediante investigaciones<br />

conjuntas, seminarios internacionales, conferencias o congresos que<br />

permitan compartir experiencias y proponer avances y mejores prácticas<br />

en la materia, así como reconocer aquellas que sean referentes en este<br />

derecho.<br />

Fracción XX<br />

Esta disposición fortalece todas aquellas iniciativas en las que se les da<br />

la posibilidad a los órganos garantes para que se alleguen de los medios<br />

y mecanismos adecuados para generar los espacios que fomenten tanto<br />

la accesibilidad a las tecnologías, así como también para difundir la rendición<br />

de cuentas, la participación ciudadana y el gobierno abierto. Parecen<br />

obligaciones demasiado ambiciosas y con una carga importante para los<br />

órganos garantes, sin embargo, la circunstancia de que puedan hacer uso<br />

de los convenios de colaboración e incluso tomar medidas proactivas para<br />

lograr el impulso de todos los derechos y principios que regula esta disposición,<br />

justamente pueden representar la oportunidad para que se abran<br />

nuevas brechas y espacios de reflexión y colaboración con diversos órganos<br />

garantes, sujetos obligados y sectores de la sociedad que puedan<br />

coadyuvar a ello. Por tanto, más que verse como una carga, debe tomarse<br />

como una posibilidad legal para allegarse de los elementos necesarios<br />

para el logro de los fines aquí mencionados.<br />

Fracción XXI<br />

En el ámbito de los sujetos obligados, aún existe mucha resistencia interna<br />

para las acciones de apertura gubernamental, sobre todo si se considera<br />

la relativa juventud de estos derechos en nuestro país, por ello, la<br />

participación de los órganos garantes puede ser aliada fundamental para<br />

que haya un debido cumplimiento en el impulso de las acciones aquí mencionadas,<br />

mediante las recomendaciones y evaluaciones periódicas que<br />

se realicen al respecto, pues esta facultad normativa, puede representar<br />

una gran oportunidad para generar sinergias entre los órganos garantes<br />

y las unidades de enlace de los sujetos obligados, que muchas veces,<br />

deben combatir con las mencionadas resistencias e incluso de manera<br />

infructuosa, debido a la todavía carente cultura de amplitud de derechos y<br />

el desconocimiento de la trascendencia de los mismos, consecuentemente<br />

la presente posibilidad legal, abonará en mucho para el impulso de los<br />

mismos.<br />

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