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LEY GENERAL

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<strong>LEY</strong> <strong>GENERAL</strong> DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, COMENTADA<br />

Artículo 151. Las resoluciones de los organismos garantes podrán:<br />

I. Desechar o sobreseer el recurso;<br />

II. Confirmar la respuesta del sujeto obligado, o<br />

III. Revocar o modificar la respuesta del sujeto obligado.<br />

Las resoluciones establecerán, en su caso, los plazos y términos para su<br />

cumplimiento y los procedimientos para asegurar su ejecución, los cuales<br />

no podrán exceder de diez días para la entrega de información. Excepcionalmente,<br />

los organismos garantes, previa fundamentación y motivación,<br />

podrán ampliar estos plazos cuando el asunto así lo requiera.<br />

Comentario<br />

Fracción I<br />

Se refiere a las disposiciones establecidas en los artículos 155 y 156 de<br />

esta Ley General.<br />

Fracción II<br />

Los organismos de transparencia, al analizar la naturaleza pública o clasificada<br />

de la información que fue solicitada y negada por los sujetos obligados,<br />

podrán confirmar la negativa de estos últimos a entregar información.<br />

Fracción III<br />

Los organismos de transparencia, al analizar la naturaleza pública o clasificada<br />

de la información que fue solicitada y negada por los sujetos obligados,<br />

podrán revocar la negativa de estos últimos a entregar información y<br />

ordenar la entrega total o parcial de la información.<br />

Las resoluciones establecerán, en su caso, los plazos y términos para<br />

su cumplimiento y los procedimientos para asegurar su ejecución, los<br />

cuales no podrán exceder de diez días para la entrega de información.<br />

Excepcionalmente, los organismos garantes, previa fundamentación y<br />

motivación, podrán ampliar estos plazos cuando el asunto así lo requiera.<br />

Los plazos máximos para el cumplimiento de las resoluciones serán de<br />

diez días hábiles, salvo casos excepcionales en los cuales los organismos<br />

de transparencia deberán hacer referencia al marco normativo en el que<br />

sustentan su decisión, así como especificar el contexto específico del<br />

caso analizado.<br />

Por Gabriela Morales<br />

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