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LEY GENERAL

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<strong>LEY</strong> <strong>GENERAL</strong> DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, COMENTADA<br />

Artículo 61. Los lineamientos técnicos que emita el Sistema Nacional establecerán<br />

los formatos de publicación de la información para asegurar<br />

que la información sea veraz, confiable, oportuna, congruente, integral,<br />

actualizada, accesible, comprensible, verificable.<br />

Estos lineamientos contemplarán la homologación en la presentación de<br />

la información a la que hace referencia este Título por parte de los sujetos<br />

obligados.<br />

Comentario<br />

El Sistema Nacional es una figura creada en la Ley General, siendo su<br />

nombre completo el Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información<br />

Pública y Protección de Datos Personales. De acuerdo con el<br />

artículo 30 de la Ley en cita, son partes integrantes: a) el Instituto Nacional<br />

de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales<br />

(INAI); b) los organismos garantes de las entidades federativas; c)<br />

la Auditoría Superior de la Federación; d) el Archivo General de la Nación,<br />

y e) el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).<br />

De conformidad con lo establecido en los acuerdos del Consejo Nacional<br />

del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información<br />

Pública y Protección de Datos Personales, 140 los atributos de la información<br />

publicada deben entenderse de la siguiente manera: 1) Veracidad,<br />

que es exacta y dice, refiere o manifiesta siempre la verdad respecto<br />

de lo generado, utilizado o publicitado por el sujeto obligado en ejercicio de<br />

sus funciones o atribuciones; 2) Confiabilidad, que es creíble, fidedigna<br />

y sin error y que, al mismo tiempo, proporciona elementos y/o datos que<br />

permiten la identificación de su origen, fecha de generación, de emisión y<br />

difusión; 3) Oportunidad, que se publica a tiempo para preservar su valor<br />

y utilidad para la toma de decisiones de los usuarios; 4) Congruencia, que<br />

mantiene relación y coherencia con otra información generada, utilizada<br />

y/o publicada por el sujeto obligado; 5) Integralidad, que proporciona todos<br />

los datos, aspectos, partes o referentes necesarios para estar completa o<br />

ser global respecto del quehacer del sujeto obligado; 6) Actualidad, que es<br />

la última versión de la información y es resultado de la adición, modificación<br />

o generación de datos a partir de las acciones y actividades del sujeto<br />

obligado en ejercicio de sus funciones o atribuciones; 7) Accesibilidad,<br />

que está presentada de tal manera que todas las personas pueden consultarla,<br />

examinarla y utilizarla independientemente de sus capacidades<br />

técnicas, cognitivas o físicas; 8) Comprensibilidad, que es sencilla, clara<br />

140 Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección<br />

de Datos Personales, Acuerdo CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT13/04/2016-08.<br />

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