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Untitled - Sidoc

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eporte sobre la mujer en situaciones de conflicto armado y post conflicto en guatemalanos”, que se ha instituido para cuando los mecanismos jurisdiccionales nacionalesno funcionan.Deriva de la masacre en la embajada de España en 1980, cuando la CoordinadoraNacional Indígena y Campesina (CONIC) tomó la embajada para hacer ladenuncia internacional de lo que sucedía en Guatemala, y la respuesta del gobiernoguatemalteco fue quemar la embajada, ocasionando la muerte tanto de integrantesde CONIC (hombres mujeres y niños) como del cuerpo diplomático de España.Dentro de dicho proceso se ha solicitado la extradición de los sindicados ante elTribunal 5º de Sentencia Penal de Guatemala. Se ha girado orden de captura y seencuentran libres bajo fianza el General Oscar Humberto Mejía Víctores y el GeneralChupina.La población guatemalteca se encuentra a la expectativa sobre este caso con laesperanza que se haga justicia finalmente.1163.5.2. ReparacionesEl 29 de diciembre de 1996 se creó el Programa Nacional de Resarcimiento,por Acuerdo Gubernativo 258-2003, reformado por el Acuerdo Gubernativo 188-2004. Pero no se había contemplado en forma específica el resarcimiento para lasmujeres que fueron víctimas de violencia sexual durante el conflicto armado interno.Fue después de su instalación que se inició una consulta con organizacionesde la sociedad civil que puedan dar lineamientos para elaborar una estrategia quepermita proporcionar una atención idónea a las mujeres que fueron víctimas deviolencia sexual. Se aceptó que las víctimas de violación sexual debían ser resarcidas,pero dentro de este programa no se han implementado los mecanismos paraque sea eficaz, ya que no hay sensibilización en el personal y las mujeres se niegana denunciar su caso.La Oficina de Derechos Humanos del Arzobispado de Guatemala (ODHAG) enun acto organizado por la Oficina Nacional de la Mujer, el 27 de marzo de 2002,condecoró a las 26 mujeres mayas que fueron testigas de la masacre ocurrida enTululché, por su lucha contra la impunidad y a favor de los derechos humanos. Nohay información acerca de si las mujeres han tenido algún proceso terapéutico nialguna otra reparación moral o económica.3.5.3. Acompañamiento psicosocialNo existen políticas públicas específicas de atención a la víctima de violaciónsexual durante el conflicto armado. Solamente dentro del contexto de violencia engeneral. Al igual que dentro de la sociedad civil a través de las organizaciones demujeres se atienden algunos casos de violación sexual durante el conflicto, pero nocon especificidad.

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