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Untitled - Sidoc

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I PARTEEn 1985, el gobierno creó la Comisión de Garantías Constitucionales y de Seguridaddel Estado, cuyos objetivos y alcances no pudieron ser establecidos en el marcode esta sistematización, pero que tuvo un carácter inoperante.El 8 de septiembre de 1992, el Presidente Rafael Callejas emitió, por reformasolicitada por la Comisión de Reconciliación creada a raíz de los acuerdos de paz, elDecreto Ejecutivo Nº 51 que creó la figura del Comisionado Nacional de los DerechosHumanos.El 29 de diciembre de 1993, el Comisionado para la Protección de los DerechosHumanos en Honduras, presentó públicamente el informe sobre los desaparecidos/asintitulado “Los hechos hablan por sí mismos”, en donde se detallan 184 casos de desaparecidos/asy se establece la responsabilidad de altos militares en dichos actos. El informeno hace referencia expresa a delitos de violencia sexual en contra de mujeres.3.5. Leyes, acciones o políticas estatales de protección a las víctimas de violenciasexual en conflicto armado3.5.1. Justicia y acceso a la justiciaEn el conflicto hondureño, en lo que se refiere a violencia sexual, no existen casos“Símbolo”, debido a que no han sido suficientemente documentados los casos,no han sido presentados a la justicia hondureña y no hay un fallo jurídico sobre losmismos. Sin embargo, es importante destacar que se sentó un precedente importanteen el caso de Estela Rodríguez y Concepción Martínez, violadas por soldadoshondureños en el campamento de refugiados de Colomoncagua, ya que la Cortedocumentó debidamente dicho caso y se pronunció, mediante Resolución Nº 5/87.Caso 9619, Honduras, del 28 de marzo de 1987, señalando la responsabilidad delgobierno y ejército hondureños.1613.5.2. ReparacionesNo ha existido ningún tipo de reparación a las víctimas. Como ya se señaló, lasviolaciones sexuales a las víctimas del conflicto armado no es un tema que está incluidoen el debate de esos años. Las víctimas, incluso, no han realizado denunciaspúblicas sobre sus casos y los mismos no han sido retomados, para su reparación,por el movimiento de mujeres.3.5.3. Acompañamiento psicosocialNo existen servicios de acompañamiento psicosocial ni a nivel de los servicios delEstado, ni proveniente de las ONG´s o del movimiento de mujeres. Las víctimas hantenido que recurrir a servicios particulares, especialmente en ocasión de permaneceren el exilio.

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