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Untitled - Sidoc

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II PARTE• En el accionar de las fuerzas de seguridad del Estado: violaciones sexualesasociadas a otras violaciones de derechos humanos; durante incursiones yenfrentamientos; en el marco de incursiones desde bases militares; durante ladetención en establecimientos militares, policiales y penitenciarios, como simpleejercicio de poder.• Mujeres forzadas a “negociar” con su cuerpo.• En algunos casos la violación sexual se produce por venganza.Fuente: Informes Nacionales.En esta sección existen varios puntos de análisis. En primer lugar, la violenciasexual fue reconocida como práctica sistemática o generalizada en cuatrode los seis informes nacionales. Una práctica sistemática es aquella organizadacuidadosamente, siguiendo un patrón regular basado en una política común queimplique recursos sustanciales, tanto públicos como privados. Una práctica generalizada,por su parte, es aquella acción a gran escala, masiva y frecuente, llevada acabo colectivamente y orientada hacia una multiplicidad de víctimas 13 .En el caso de Honduras, el Informe hace hincapié que en ese país la violencia noera sistemática sino más bien selectiva, donde se elegía a la víctima por sus ideas,afiliación política o cercanía con un guerrillero nicaragüense o salvadoreño refugiadoen Honduras.Sin embargo, si bien es cierto existía una selección de las víctimas, estas víctimasguardaban características comunes, como lo era su opinión política. Algunas vecesesta opinión política era real, otras veces era simplemente atribuida a ellas por sucercanía con un refugiado político, o porque trabajaban en organizaciones humanitariasque velaban por el bienestar de los refugiados nicaragüenses y salvadoreñosen Honduras.Una acción constante contra mujeres de ese grupo implica un patrón de persecucióny violencia sexual hacia una parte identificable de la población civil. Por ello,somos de la opinión que en ese país, la violencia sexual durante conflicto armadotambién se produjo en forma sistemática, procurando hacer daño al mayor númerode mujeres que compartían la misma característica.En segundo lugar, y como correlato a la presencia de la violencia sexual comopráctica sistemática o generalizada, tenemos que la violencia sexual ocurría enconexión con otras violaciones a los derechos humanos, tal como se comprobóen el cuadro vinculado a otras formas de violencia sufridas por las mujeres duranteel conflicto armado. De esta manera, la violencia sexual era más que una formade ejercer poder de parte del varón sobre el cuerpo y la vida de la mujer. Tambiénconsistía en un acto de crueldad previo a la muerte, sea individual o en masacre33713Tribunal Penal Internacional para Ruanda. Prosecutor v. Jean Paul Akayesu. Sentencia del 2 de setiembrede 1998, para. 580.

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