ACTAS DEL CONGRESO CNLSE
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PONENCIAS Y COMUNICACIONES <strong>DEL</strong> <strong>CONGRESO</strong> <strong>CNLSE</strong> SOBRE ADQUISICIÓN,<br />
196 APRENDIZAJE Y EVALUACIÓN DE LA LENGUA DE SIGNOS ESPAÑOLA 2014<br />
El Decreto 89/2014, de 24 de julio, del Consejo de Gobierno por el que se establece para la Comunidad<br />
de Madrid el Currículo de la Educación Primaria, determina que «los alumnos podrán cursar alguna<br />
área más en el bloque de asignaturas de libre configuración autonómica, que podrá ser del bloque de<br />
asignaturas específicas no cursadas (Inglés-Religión-Valores), de profundización o refuerzo de áreas<br />
troncales y «Tecnología y recursos digitales para la mejora del aprendizaje». Lo que no dice es en<br />
qué momento del día sería posible cursar «algún área más» cuando el horario preceptivo solo con<br />
las áreas troncales y el área del bloque de asignaturas específicas (Educación Artística) ya quedan<br />
cubiertas las 25 horas lectivas semanales.<br />
Tampoco aclara cómo sería posible que un centro presente a la Dirección General competente la propuesta<br />
de currículo para impartir el área de LSE, que sería nuestro caso, aprovechando que en ese<br />
mismo decreto se establece que «la consejería con competencias en materia de educación podrá<br />
autorizar otras asignaturas de libre configuración autonómica a propuesta de los centros».<br />
Mientras no conseguimos aclarar estos aspectos optamos por asumir decisiones organizativas a tenor<br />
de los recursos de los que disponemos y en los estrechos márgenes que los horarios nos permiten.<br />
3.4. Decisiones organizativas<br />
Teniendo en cuenta que además de propiciar la presencia en el centro de las dos lenguas, la lengua<br />
castellana –oral y escrita– y la LSE, necesitamos proporcionar a nuestro alumnado sordo unos niveles<br />
mínimos de conocimiento de la lengua inglesa y que no todos tienen las mismas habilidades y capacidades<br />
para afrontar este aprendizaje, vamos a necesitar hilar muy fino para encajar los horarios<br />
«obligatorios», los «necesarios» y todo ello sin que el derecho a disfrutar de la escuela como entorno<br />
socializador se vea mermado. Aunque pocas veces podemos evitarlo queremos agotar siempre todas<br />
las posibilidades antes de acabar en las dos soluciones más «injustas» por decirlo de alguna manera:<br />
el alumnado sordo tiene más horas de clase, o se pierde algunas horas de clase que sus compañeros<br />
sí disfrutan (plástica, biblioteca, lengua, etc.).<br />
Las decisiones organizativas que actualmente manejamos en el CEIP El Sol, recogidas en el Plan de<br />
Acción tutorial, están lejos de ser las más idóneas pero aun así creemos que nos permiten dar una<br />
respuesta mínima a las necesidades que hemos descrito.<br />
Teniendo en cuenta las características de nuestro alumnado y la organización del centro, así como<br />
los recursos de los que disponemos, por norma general la asignatura de LSE se imparte haciéndola<br />
coincidir con las sesiones de lengua inglesa del grupo-clase en el que el o los alumnos sordos están<br />
escolarizados. La justificación pedagógica que nos mueve a adoptar este criterio se basa en las dificultades<br />
que habitualmente tienen nuestros alumnos sordos para el desarrollo y/o aprendizaje de la<br />
lengua castellana. Consideramos que, de entrada, es más importante para estos alumnos que están<br />
aprendiendo a discriminar, diferenciar, construir, la lengua castellana oral y escrita, centrase en ella y<br />
paralelamente aprender la lengua de signos que nos permite establecer las relaciones comunicativas<br />
necesarias para su desarrollo educativo.