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ESCALANDO INNOVACIONES RURALES

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252<br />

MARÍA FERNANDA VIVANCO • PALOMA BELLATÍN<br />

i. Las actividades que de manera rutinaria efectúa una entidad pública, tales como:<br />

capacitaciones, asistencia técnica, investigación, provisión de información, gastos<br />

operativos y otros relacionados a la operación y mantenimiento.<br />

ii. Las propuestas que incluyan la adquisición de equipos, maquinaria, infraestructura,<br />

insumos y materiales, de uso y benefi cio exclusivo de cada benefi ciario y cuya dimensión<br />

supere los objetivos demostrativos.<br />

iii. La construcción e implementación de nuevas infraestructuras relacionadas a actividades<br />

económicas propias del sector privado —grifos, panaderías, módulos de carpintería,<br />

módulos artesanales, módulos de zapatería, etc.—.<br />

iv. Intervenciones en procesos productivos u otras iniciativas dirigidas a la mejora de<br />

los ingresos, niveles de empleo, seguridad alimentaria, entre otros objetivos sociales,<br />

de poblaciones en situación de pobreza extrema. Dichas intervenciones deberán ser<br />

evaluadas en el marco de los alcances y objetivos de programas sociales» 20 .<br />

Se plantea, entonces, que no podría invertirse en las innovaciones aquí planteadas: las<br />

infraestructuras de mejora de productividad, la asistencia técnica y capacitación para<br />

generar valor agregado. Es más, los casos en los que se aprueban las inversiones en estos,<br />

son cuando el SNIP no revisa los proyectos por ser de municipalidades no inscritas en<br />

sus registros, o cuando los proyectos son ajustados o «maquillados» para encajar teóricamente<br />

con este marco planteado.<br />

Esta visión se complementa en el punto 4.3.3.: «Las actividades de naturaleza privada o<br />

aquellos activos de uso exclusivo de los benefi ciarios, deben ser fi nanciados íntegramente<br />

por éstos» 21 .<br />

Es claro que hay un problema de trasfondo relacionado con las nociones de lo «público»<br />

y lo «privado», y los limitantes que plantea para el desarrollo de capacidades y tecnologías<br />

productivas. Además, impide la inversión en proyectos productivos que actúan<br />

sobre las familias como unidad, como es necesario en el marco de la sierra rural.<br />

CONCLUSIONES<br />

La conclusión central de este trabajo es que las innovaciones rurales tecnológicas e institucionales<br />

que presenta el programa «Sierra productiva», pueden escalar a políticas<br />

públicas por medio del ejercicio de la democracia participativa en los gobiernos locales.<br />

A partir de ello, se extraen las siguientes conclusiones:<br />

20 MEF, 2008.<br />

21 ibídem.

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