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Lecturas Segunda Septiembre 2012 - Insumisos

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Internet: www.pacarinadelsur.com/home/abordajes-y-contiendas/470-represion-excepcion-y-comunidaden-america-latina<br />

Desplazamientos del Estado laico en la Constitución vigente<br />

<strong>2012</strong>-09-03 17:39:33por: Farit Rojas Tudela<br />

http://www.la-epoca.com.bo/index.php?opt=front&mod=detalle&id=2023<br />

Si se presta atención a la noción de Estado laico y a lo dispuesto por la Constitución Política del Estado<br />

vigente, es posible encontrar en parte los contenidos básicos de un Estado laico: El Estado respeta y<br />

garantiza la libertad de religión [...] El Estado es independiente de la religión.<br />

La relación entre Estado y religión, ha sido una de las más complejas en la historia moderno-europea del<br />

Estado. Una buena parte de la teoría política ha tratado esta relación. Así Jean Bodin (1530-1596) propone<br />

un monarca neutral que garantice la paz sin tomar partido por ningún credo religioso. Thomas Hobbes<br />

(1588-1679) propone que la máxima autoridad del Estado (el Rey) se extienda incluso a los asuntos de índole<br />

religiosa, el soberano es a la vez el único intérprete autorizado de la Biblia 1. John Locke (1632-1704) sugiere<br />

que ningún individuo sea obligado a pertenecer a una Iglesia concreta, sino que la escoja libremente.<br />

Francois-Marie Arouet más conocido como Voltaire (1694-1778) condenó la intromisión de la religión en los<br />

asuntos públicos.<br />

A momento de la revolución norteamericana y francesa la separación del Estado y la religión fue retratada<br />

bajo el denominativo de Estado laico y/o laicismo.<br />

El jurista argentino Germán Bidart Campos establece una sinonimia entre laicidad y Estado laico.<br />

“Bajo esta modalidad, la política predica un descarte con respecto a la religión: ni al estado le interesa la<br />

suerte de los diversos cultos que actúan en el seno de la espontaneidad social, ni las iglesias se introducen en<br />

temas específicamente políticos. Podría decirse que en estos regímenes existe —o se intenta que exista—<br />

una separación tajante entre el orden temporal y el espiritual”.<br />

Por laicismo se entiende a la “neutralidad religiosa en la vida pública, pretendida prácticamente con la<br />

supresión de la enseñanza religiosa en los establecimientos oficiales”, asimismo Dieter Nohlen señala que el<br />

laicismo es la “doctrina defensora de la estricta separación entre Estado e Iglesia, así como también entre el<br />

individuo o la sociedad en el ámbito educacional frente a toda influencia obligatoria eclesiástica o religiosa”.<br />

Se ha tomado la idea de un Estado laico pues esta categoría estuvo presente en el desarrollo del<br />

constitucionalismo boliviano (sobre todo en las discusiones de las reformas y procesos constituyentes<br />

bolivianos), así como en el desarrollo del proceso constituyente boliviano, por ejemplo en los Informes tanto<br />

de Mayoría como de Minoría de la Comisión 1 (Visión de País), sin embargo la connotación del Artículo 4 de<br />

la Constitución vigente es mucho mayor pues se desplaza a las temáticas de la religiosidad y cosmovisión<br />

indígena, como se analiza más adelante.<br />

Antecedentes del Estado laico en la historia constitucional<br />

La primera constitución escrita del mundo moderno es la norteamericana de 1787. La primera enmienda a la<br />

misma, también en 1787, señala que “El congreso no dictará ninguna ley conducente al establecimiento de<br />

religión alguna, ni para prohibir el libre ejercicio de ninguna de ellas”. Para Bidart Campos esta enmienda<br />

supone dos cosas: la primera se concentra en “la relación entre el estado y las iglesias: no se permite<br />

consagrar un credo oficial. La segunda parte hace alusión a un derecho subjetivo fundamental, que es la<br />

libertad de cultos”.

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