15.05.2013 Views

Lecturas Segunda Septiembre 2012 - Insumisos

Lecturas Segunda Septiembre 2012 - Insumisos

Lecturas Segunda Septiembre 2012 - Insumisos

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

La Iglesia en Bolivia pidió la tolerancia a otras “creencias”, así se llevan a cabo las reformas constitucionales<br />

de 1967, 1994 y 2004, sin ninguna variante significativa en alguna de ellas.<br />

El Estado laico en el proceso constituyente 2006 – 2009<br />

La discusión sobre el Estado laico retorna en el desarrollo de la Asamblea Constituyente, como puede<br />

observarse en los Informes tanto de Mayoría como de Minoría de la Comisión 1 (Visión de País). Sin embargo<br />

éste se desplaza el debate a la religiosidad, creencias espirituales y cosmovisiones de los pueblos indígenas,<br />

por la presencia gravitante de la propuesta del Pacto de Unidad.<br />

Si se presta atención a la noción de Estado laico y a lo dispuesto por la Constitución Política del Estado<br />

vigente, es posible encontrar en parte los contenidos básicos de un Estado laico: El Estado respeta y<br />

garantiza la libertad de religión [...] El Estado es independiente de la religión. En el primer caso se garantiza<br />

el derecho subjetivo liberal de la libertad de cultos, y en el segundo se elimina la posibilidad de consagrar un<br />

credo oficial, así como se garantiza la independencia de ambas entidades.<br />

Sin embargo el Artículo 4 introduce la garantía de libertad de creencias espirituales, de acuerdo a sus<br />

cosmovisiones. Este es un desplazamiento a la concepción clásica de Estado laico, y abre el horizonte a la<br />

comprensión de la religiosidad indígena, que supone una dimensión distinta a la clásica y moderna del<br />

Estado laico.<br />

Asimismo la narrativa constitucional no llega a coincidir con el laicismo en tanto supresión de la enseñanza<br />

religiosa en los establecimientos oficiales 4. En todo caso de acuerdo al Artículo 86 en los centros educativos<br />

se reconocerá y garantizará la libertad de conciencia y de fe y de la enseñanza de religión, así como la<br />

espiritualidad de las naciones y pueblos indígenas originario campesino. Asimismo, conforme al Artículo 30<br />

es derecho de las naciones y pueblos indígenas originarios campesinos su creencia religiosa, espiritualidades,<br />

prácticas y costumbres, así como su cosmovisión. Este derecho no se restringe sólo a la esfera privada de los<br />

miembros de un pueblo indígena 5, sino se encuentra en el sustento de sus sistemas políticos, jurídicos y<br />

económicos (conforme a lo establecido en el numeral 14 del parágrafo II del Artículo 30), y a la vez éstos<br />

impregnan los principios ético-morales de la sociedad plural conforme al Artículo 8 de la Constitución.<br />

Entonces, si se pondera la pluralidad sobre la cual se funda Bolivia (Artículo 1), la noción de laicidad no es<br />

suficiente para dar cuenta del debate y del resultado establecido en la Constitución Política del Estado. En<br />

todo caso, conforme a lo establecido en el Artículo 86 que explicita el fomento del Estado al respeto y<br />

convivencia mutua entre personas con diversas opciones religiosas se podría señalar que se está delante de<br />

un pluralismo religioso complejo, en el cual el dilema moderno de separar o no la religión del Estado, es<br />

prorrogado por la tensión de reconocer la pluralidad espiritual indígena. Pues la narrativa religiosa se<br />

dinamiza de distintas maneras, a partir del reconocimiento de distintas cosmovisiones y de considerar a las<br />

mismas como fortaleza del Estado (Artículo 98, parágrafo III) y a la vez patrimonio cultural (Artículo 100,<br />

parágrafo I).<br />

1 En un tenor similar, el Acta de establecimiento de Gran Bretaña de 1701 prescribe que “quien quiera<br />

entre en posesión de la Corona habrá de conformarse con la comunión de la Iglesia de Inglaterra”.<br />

2 Mediante esta ley de 11 de noviembre de 1844 también se declararon vigentes las leyes de<br />

recopilación de las Indias y de Castilla.<br />

3 Estos son los concordatos celebrados el 11 de enero de 1753 entre el papa Benedicto XIV y el Rey de<br />

España Fernando VI.<br />

4 El laicismo demanda, según Dieter Nohlen, “mantener las instituciones escolares estrictamente<br />

apartadas de toda confesionalidad, lo que implica que las iglesias tienen vedado el acceso a la enseñanza<br />

obligatoria. Asimismo, el laicismo veta el empleo de las instituciones escolares por parte de las confesiones<br />

religiosas para su reproducción. En el debate sobre el laicismo y su contrario, el confesionalismo, es<br />

imperioso distinguir entre una posición laicista fundamentalista (o francesa), que define la escuela como un

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!