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LEY GENERAL

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<strong>LEY</strong> <strong>GENERAL</strong> DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, COMENTADA<br />

ces de alguna resolución pronunciada en un recurso de revisión, por tanto<br />

esta inconformidad, de ser admitida por cumplirse los requisitos de ley, se<br />

resolverá en el sentido de confirmar, modificar o revocar la resolución del<br />

organismo garante, para quien esta resolución es inatacable, lo mismo<br />

que para el sujeto obligado de que se trate; sin embargo, en el caso de que<br />

el solicitante no estuviera conforme, aún tiene la posibilidad de recurrir<br />

esta determinación ante el Poder Judicial de la Federación, en los términos<br />

de la ley aplicable.<br />

Por todo lo cual, esta nueva figura normativa, es por demás un acierto<br />

normativo, porque amplía la gama de protección y garantía del derecho<br />

fundamental de acceso a la información, a través de los diversos órganos<br />

garantes mencionados y del propio Poder Judicial.<br />

Fracción IV<br />

Esta facultad de atracción es otro de los temas importantísimos que incorpora<br />

esta la Ley, es un medio excepcional de control de legalidad para entrar<br />

a asuntos, en principio, que no son competencia del Instituto Nacional,<br />

pero que revisten un interés y trascendencia para garantizar y proteger<br />

el derecho de acceso a la información. Esto implica que si una entidad<br />

federativa a través de su órgano garante emite una resolución y el INAI<br />

o el propio órgano garante determina que por su trascendencia o interés<br />

lo deba conocer el Instituto Nacional, es cuando se atrae la competencia.<br />

Hay dos vocablos fundamentales para atraer esta facultad: El interés y la<br />

trascendencia del tema de que se trate, y es una facultad similar a la que<br />

tiene la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que ha intervenido en<br />

casos de trascendencia social y que pueden servir como parámetro para<br />

determinar lo propio al momento en que se busque ejercer dicha facultad<br />

en el caso del Instituto.<br />

Fracción V<br />

Tiene también a su cargo el Instituto la coordinación de uno de los logros<br />

institucionales más progresistas de las últimas décadas en el país, que es<br />

el Sistema Nacional de Transparencia, lo cual le permitirá marcar pauta<br />

en varias aristas en las que no hay todavía muchos caminos andados en<br />

la materia, y que busca generar las sinergias institucionales para lograr<br />

una verdadera progresividad de los derechos humanos del acceso a la<br />

información y la transparencia, entre las instancias que lo conforman que<br />

son: El Instituto, los organismos garantes de las entidades federativas, la<br />

Auditoría Superior de la Federación, el Archivo General de la Nación, y el<br />

Instituto Nacional de Estadística y Geografía.<br />

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