28.02.2017 Views

LEY GENERAL

FBDuvn

FBDuvn

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

<strong>LEY</strong> <strong>GENERAL</strong> DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, COMENTADA<br />

Fracción X<br />

Entendido el interés y relevancia social, como aquellos elementos que<br />

le dan trascendencia a las actividades realizadas y que tengan un alto<br />

impacto social, entonces cobra sentido la disposición aquí planteada en<br />

razón de las colaboraciones que se planteen por medio de convenios por<br />

parte de los órganos garantes, ya no solo con sus homólogos o con los<br />

sujetos obligados, sino también con aquellos particulares o sectores de<br />

la sociedad, que también contribuyan para el logro de los fines y objetivos<br />

de los órganos garantes, los cuales pueden ir desde la colaboración<br />

para acciones de fomento y difusión, o también para la implementación e<br />

impulso de buenas prácticas en los mencionados sectores sociales.<br />

Fracción XI<br />

La colaboración entre órganos garantes puede ser de gran ayuda para<br />

el logro de sus respectivos fines, pues con aquella interacción podrán<br />

compartir experiencias, confrontar criterios, construir propuestas, capacitar<br />

personal, compartir colaboración y experiencias ya construidas con<br />

sujetos obligados, y por supuesto, tener cercanía para la mejor toma de<br />

decisiones en la materia y específicamente para los terrenos que son innovadores<br />

y que se han generado a partir de las nuevas figuras legales<br />

y procedimientos derivados de la innovación legislativa, para todo ello, la<br />

colaboración vía los respectivos convenios, resulta de gran valía para los<br />

altos fines que tienen a su cargo los órganos garantes, por ello es que<br />

forjar puentes coadyuvará mucho para tales objetivos, e incluso para la<br />

optimización de recursos materiales y de formación del personal que los<br />

conforma.<br />

Fracción XII<br />

La igualdad sustantiva, a diferencia de la igualdad de género, fomenta la<br />

de oportunidades entre mujeres y hombres, y es aquella que se encuentra<br />

en los hechos y en las prácticas, cerrando la brecha socioeconómica<br />

creada entre mujeres y hombres a través del tiempo, y de las diferentes<br />

sociedades o estados de bienestar.<br />

En el México contemporáneo se distinguen cuatro principales brechas<br />

o condicionamientos socioeconómicos que requieren alcanzar igualdad<br />

sustantiva de género: a) los ingresos y las pensiones, b) el empleo y la<br />

ocupación, c) los estándares de seguridad social, y d) toda otra forma<br />

de discriminación socioeconómica en diferentes espacios, tanto públicos<br />

como privados.<br />

Por tanto, la igualdad sustantiva se conoce como de facto, cuando<br />

los derechos se aplican y practican en la realidad, logrando cambios que<br />

van más allá de las palabras y acuerdos escritos, es decir, con resultados<br />

157

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!