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LEY GENERAL

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<strong>LEY</strong> <strong>GENERAL</strong> DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, COMENTADA<br />

La información considerada como incisos dentro de esta fracción es<br />

la propia de la gestión de los organismos electorales. Por la manera en la<br />

que el legislador redactó los incisos, no se considera oportuno extender<br />

los comentarios específicos.<br />

Fracción II<br />

De manera particular, se trata de la Comisión Nacional de los Derechos<br />

Humanos y los locales, en el caso de las entidades federativas. La información<br />

considerada como incisos dentro de esta fracción es la propia<br />

de la gestión de los organismos electorales. Por la manera en la que el<br />

legislador redactó los incisos, no se considera oportuno extender los comentarios<br />

específicos.<br />

Fracción III<br />

Por órganos autónomos, este artículo comprende a los relacionados con<br />

la materia electoral, la protección de los derechos humanos y los garantes<br />

del derecho de acceso a la información pública y protección de los datos<br />

personales. En ese orden, establece las obligaciones en particular.<br />

La inclusión de los órganos autónomos, como sujetos obligados, concuerda<br />

con el numeral 3 de la Ley Modelo Interamericana sobre Acceso a<br />

la Información aprobada por la Asamblea General de la Organización de<br />

Estados Americanos. 198<br />

Para el caso de los órganos autónomos en materia electoral, tanto<br />

para el Instituto Nacional como para los locales de las entidades federativas,<br />

la información particular, si bien no resulta novedosa en cuanto a que<br />

ya puede conocerse a través de distintos portales de internet, presenta la<br />

ventaja de promover la uniformidad en su presentación. De esta manera<br />

se podrá consultar el listado de partidos políticos, asociaciones y agrupaciones<br />

políticas o de ciudadanos que el organismo tenga registrado, los informes<br />

que los partidos les presenten, la geografía y cartografía electoral,<br />

el registro de los candidatos, el catálogo de estaciones de radio y canales<br />

de televisión, pautas de transmisión, versiones de spots de los institutos<br />

electorales y de los partidos políticos, los montos de financiamiento público<br />

por actividades ordinarias, de campaña y específicas otorgadas a<br />

los partidos políticos, asociaciones y agrupaciones políticas o de ciudadanos<br />

y demás asociaciones políticas, la metodología e informes sobre<br />

la publicación de encuestas por muestreo, encuestas de salida y conteos<br />

rápidos, la metodología e informe del Programa de Resultados Preliminares<br />

Electorales, los cómputos totales de las elecciones, los resultados<br />

y declaraciones de validez de las elecciones, las franquicias postales y<br />

198 Organización de Estados Americanos, Asamblea General. Resolución AG/RES 2607 (XL-O/10),<br />

mayo 2010.<br />

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