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Y SIN EMBARGO SE MUEVE

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Dos claves indígenas | 261<br />

idea de paz territorial que ha propuesto el gobierno nacional. En la actualidad,<br />

se requiere con urgencia —además de cumplir con lo ordenado por la Constitución—<br />

definir una figura jurídica que englobe la territorialidad campesina<br />

y que concrete la aspiración de las Zonas de Reserva Campesina y las Zonas<br />

Agroalimentarias de contar con las competencias territoriales, asunto que implica<br />

cambios constitucionales.<br />

El llamado del gobierno a la “paz territorial” y sobre todo al “protagonismo<br />

de los municipios” implica un segundo ámbito de transformaciones urgentes,<br />

que corresponden al contenido de los poderes municipales: la restitución de sus<br />

competencias. El fortalecimiento de la participación indígena en el Cauca está<br />

vinculada a la capacidad de decisión real de las comunidades locales para definir<br />

sus asuntos. La adopción del Convenio 169 de la OIT unos meses antes de la<br />

expedición de la Constitución Política permitió darle un marco de efectividad<br />

a los gobiernos indígenas: derecho a decidir sobre las formas particulares del<br />

desarrollo, gobierno y la territorialidad, consulta previa para incidir sobre la<br />

explotación de recursos y las iniciativas legislativas.<br />

Es ese contenido sustantivo de la participación democrática el que debiera<br />

garantizarse mediante una reforma a los entes territoriales. Es sabido que desde<br />

que se crearon decenas de espacios de participación en el ámbito local apareció<br />

la crítica por su ritualización; problema que alcanza las alcaldías y concejos municipales,<br />

donde se constata que la democracia local ha sido vaciada de objeto:<br />

el medio ambiente, el agua, el orden público, el uso de los suelos, el modelo<br />

de aprovechamiento de los bienes de la naturaleza, temas de impacto obvio e<br />

inmediato sobre las comunidades locales, no pueden ser decididos por ellas,<br />

pues las competencias corresponden al plano nacional y algunas de ellas han<br />

sido trasladadas al sector privado.<br />

Es visto que las competencias locales en ordenamiento territorial regional,<br />

en manejo de aguas y suelos, o en manejo de salud y educación —como las que<br />

se han reconocido a los pueblos indígenas— no desbocan el control de la Nación<br />

ni destruyen las instituciones, a pesar de la agresiva campaña mediática contra<br />

estos derechos. Es claro también que, entre esas competencias locales, las que se<br />

reclaman sobre la política minero-energética y ambiental son las que más están<br />

asociadas a episodios de violencia política, por la respuesta militar y criminalizante<br />

del Estado y por ende deben ser de especial priorización. Los conflictos<br />

sociales más agudos del actual periodo se están dando por la rabiosa negativa<br />

del Estado Nación a reconocer el derecho de las comunidades a decidir sobre<br />

estos asuntos, que han impulsado ejercicios de consulta popular para definir<br />

el futuro ambiental de esos municipios; lo paradójico es que las comunidades<br />

reclaman más democracia y el Estado acude a trampas y triquiñuelas para que<br />

no haya democracia.

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