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documento - Defensor del Pueblo

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RECOMENDACIONES<br />

Recomendación 81/2000, de 13 de noviembre, sobre registro municipal<br />

de asociaciones vecinales.<br />

(BOCG. Cortes Generales. VII Legislatura. Serie A. Núm. 201,<br />

pág. 238.)<br />

Es de referencia su escrito de fecha 7 de agosto de 2000, número<br />

de salida 1738, remitiendo información relativa a la queja presentada ante<br />

esta Institución por la Asociación de Ciudadanos Parados y registrada<br />

con el número de expediente arriba reseñado.<br />

Junto a su referido escrito se ha recibido copia <strong>del</strong> Acuerdo notificado<br />

al promotor de la queja el pasado 12 de enero según el cual se desestimaba<br />

la solicitud de inscripción de la Asociación a la que representa en el Registro<br />

Municipal de Asociaciones Vecinales, según se dice, por no existir<br />

dicho Registro en el Ayuntamiento que usted preside.<br />

A la vista <strong>del</strong> texto <strong>del</strong> Acuerdo adoptado, esta Institución debe recordar<br />

a esa Alcaldía las obligaciones derivadas <strong>del</strong> artículo 236 <strong>del</strong> Reglamento<br />

de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades<br />

Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,<br />

que subordina el ejercicio de los derechos reconocidos a las asociaciones<br />

para la defensa de los intereses generales o sectoriales de los vecinos<br />

en los artículos 232, 233, 234 y 235 <strong>del</strong> propio Reglamento a la previa<br />

inscripción en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales.<br />

El citado Registro tiene por objeto, según el precepto indicado, permitir<br />

al Ayuntamiento conocer el número de Entidades existentes en el<br />

municipio, sus fines y su representatividad, a los efectos de posibilitar<br />

una correcta política municipal de fomento <strong>del</strong> asociacionismo vecinal,<br />

y, por tanto, se configura de forma independiente <strong>del</strong> Registro General<br />

de Asociaciones en el que, asimismo, deben figurar inscritas todas ellas.<br />

El precepto en cuestión concluye enumerando los tipos de Asociaciones<br />

Vecinales inscribibles en el Registro y estableciendo el procedi­<br />

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