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documento - Defensor del Pueblo

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RECOMENDACIONES<br />

Recomendación 82/2000, de 15 de noviembre, sobre cumplimiento<br />

por las oficinas consulares de las previsiones contenidas en la Ley<br />

Orgánica 4/2000, de 11 de enero.<br />

(BOCG. Cortes Generales. VII Legislatura. Serie A. Núm. 201,<br />

pág. 223.)<br />

Se acusa recibo a su atento escrito, de fecha 13 de julio <strong>del</strong> pasado<br />

año, en el que nos contesta a la queja planteada por don (...) y registrada<br />

con el número arriba indicado.<br />

En dicho informe se comunica que, de acuerdo con la interpretación<br />

efectuada por ese organismo <strong>del</strong> artículo 54.2.d) <strong>del</strong> Real Decreto<br />

155/1996, de 2 de febrero, la reagrupación familiar no es aplicable a los<br />

ascendientes que aún se encuentren en edad laboral.<br />

Este informe, en relación a una queja tramitada por esta Institución<br />

sobre una solicitud de visado formulada ante el Consulado de España<br />

en Lima (Perú), es perfectamente extrapolable como criterio de esa Dirección<br />

General, en otros casos análogos estudiados desde 1996 y hasta la<br />

actualidad.<br />

Esta Institución quiso suspender la formulación de una eventual recomendación<br />

hasta que se culminase la tramitación de la proposición de<br />

ley que hoy es la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de<br />

los extranjeros en España y su integración social.<br />

La razón de esta decisión obedece a la necesidad de conocer el tratamiento<br />

legislativo final de la figura <strong>del</strong> reagrupamiento familiar.<br />

En efecto, la consagración <strong>del</strong> reagrupamiento familiar en la anterior<br />

regulación como un derecho de rango meramente reglamentario, siendo<br />

así que la Ley Orgánica 4/2000 introduce este derecho con el rango propio<br />

de esa norma, varía sustancialmente la situación.<br />

El derecho a la intimidad personal y familiar ya se encuentra recogido<br />

en el artículo 18 de la Constitución Española, que se reconoce a todos<br />

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