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documento - Defensor del Pueblo

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RECOMENDACIONES<br />

Recomendación 99/2000, de 29 de diciembre, sobre la notificación<br />

de las resoluciones de visado.<br />

(BOCG. Cortes Generales. VII Legislatura. Serie A. Núm. 201,<br />

pág. 224.)<br />

Se acusa recibo a su atento escrito, de fecha 30 de octubre <strong>del</strong> presente<br />

año, en el que nos contesta a la queja planteada por Cáritas Diocesanas<br />

de Valencia en representación dedoña (...) y registrada con el número<br />

arriba indicado.<br />

En el informe de referencia se acepta la Sugerencia formulada por<br />

esta Institución respecto al caso concreto de la señora (...).<br />

Por ello, agradeceríamos a V. E. diera las instrucciones oportunas<br />

para que, por parte de la Embajada de España en Quito (Ecuador), se<br />

notifique a la señora (...) la resolución por la que se le concede el visado<br />

solicitado, al objeto de evitarle perjuicios innecesarios en el futuro.<br />

Por lo que se refiere a la cumplimentación, por parte de la citada<br />

representación diplomática, de lo preceptuado en la Ley 30/1992, de 26<br />

de noviembre, <strong>del</strong> Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas<br />

y <strong>del</strong> Procedimiento Administrativo Común, respecto a la forma en la<br />

que se deben practicar las notificaciones, esta Institución, habida cuenta<br />

<strong>del</strong> aumento tanto de solicitudes de visado como de otras diligencias y<br />

trámites, reflejados en el escrito de esa Dirección General, considera muy<br />

positiva la iniciativa adoptada de dotar de más personal a dicha Embajada,<br />

dentro <strong>del</strong> marco <strong>del</strong> recién elaborado plan GRECO.<br />

No obstante lo anterior y hasta que estas medidas que se pretenden<br />

adoptar sean plenamente eficaces, se deben impartir instrucciones para<br />

que no se perjudiquen los legítimos intereses de los ciudadanos extranjeros<br />

que, como en el caso presente, han solicitado un visado, se les ha<br />

concedido y, posteriormente, les informan que ha caducado por haberlo<br />

ido a recoger fuera de plazo.<br />

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