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ingeniería en méxico, 400 años de historia<br />

Sitio de ganado menor: un sitio de estancia de ganado menor era un cuadrado<br />

de 3333 varas y 1/3 por lado, y un área de 11 111 111 varas cuadradas<br />

y 1/9 de vara cuadrada.<br />

Criadero de ganado menor: era un cuadrado igual a la cuarta parte del sitio<br />

de ganado menor que tenía por lado 1666 varas y 2/3, y cuya área era de 2<br />

777 777 varas cuadradas y 7/9 de vara cuadrada.<br />

Caballería de tierra: era una figura geométrica de un paralelogramo de ángulos<br />

rectos de 1104 varas los lados mayores, y 552 varas los menores; lo<br />

que equivalía a un área de 609 408 varas cuadradas.<br />

Suerte de tierra: era la cuarta parte de la caballería de tierra. Su figura geométrica<br />

era similar a la de la caballería, o sea, 552 varas de largo y 276 de ancho,<br />

por lo que su superficie resultaba de 152 352 varas cuadradas. A su vez, una<br />

caballería de tierra se subdividía en doce fanegas castellanas de “sembradura<br />

de maíz”, y tenía 276 varas de largo por 184 de ancho, dando por tanto una<br />

superficie de 50 784 varas.<br />

Fundo legal: era un cuadrado de 1200 varas cuadradas.<br />

Como adición se incluía un apartado en el cual se hacía mención de las tierras<br />

destinadas al cultivo del trigo, cuyos nombres fueron comunes a lo largo del periodo<br />

virreinal: “pan sembrar”, que eran las de trigo de “aventurero”; “pan coger”, que<br />

eran las de temporal; y “pan llevar”, que correspondían a las de riego. Cada especie<br />

de estas tierras tenía diferentes precios y se regulaban según sus parajes, calidades,<br />

distancias y condiciones que las caracterizaban. El término “pan”, muy común en<br />

ese siglo, causó serios problemas, especialmente en la agricultura por haberse aplicado<br />

a otras gramíneas, como llamar “pan centeno”, “pan cebada”, etc., desde su nacimiento<br />

hasta su corte. Lo que no tuvo comparación cuando se trataba del pago<br />

de renta en especie y en los contratos por heredades respectivos donde se asentaba:<br />

“pan por mitad”, si se trataba de igual proporción de trigo que de cebada; o bien<br />

“pan terciado”, es decir, dos terceras partes de trigo por una de cebada. También<br />

había otras tierras: las destinadas a la siembra de pastos, como las correspondientes<br />

a lomas, cerros y barrancos.<br />

En 1533 Carlos V había emitido una cédula relacionada con el uso del suelo<br />

para generar un proyecto de infraestructura rural en el Altiplano mexicano para<br />

españoles e indios. La traza de los llamados “pueblos de indios” corrió a cargo de<br />

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