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Tomo I

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INSTITUCIONALIZACIóN VS. DESINSTITUCIONALIZACIÓNÓ DE DOS MALES EL MENOS MALODe la Iglesia, Matilde; Moure, Andrea PaolaFacultad de Psicología, UBACyT, Universidad de Buenos AiresRESUMENEl presente trabajo se desarrolla en el marcado del proyectode investigación UBACyT P001: Análisis de la práctica delpsicólogo forense con menores judicializados por violenciafamiliar en el marco de la Ley Nº 24.417. Determinantes institucionales,programación científica 2004/2007. El objetivo deeste artículo es plantear algunos de los interrogantes que surgieronal interior del equipo de investigación sobre los procesosde institucionalizaciób y desinstitucionalización de la infancia,en el marco de la ley, 26.061, de Protección Integral de losDerechos de la Niñas, Niños y Adolescentes. Se concluye quela antinomia institucionalización-desinstitucionalización, es productode una construcción social que reproduce los lugares deantaño destinados tanto para los incluidos como para los excluidosdel sistema social. Pensar la de-construcción de estepar binario, implica adoptar una visión crítica al interior de laspropuestas homogenizantes.Palabras claveInfancia Institucionalización Desinstitucionalización DerechosABSTRACTINSTITUTIONALIZATION VS. UN INSTITUTIONALIZATIONOR THE LESS BADDY OF TWO BADSThis work is developed under the structure of the investigationproject UBACyT P001: The practice of the forensic psychologistwith the young suffering from violence in the family in frame oflaw nº 24.417. Institutional Determinants. The objectives of thisarticle is to pose some interrogations that cropped up in theinterior of the investigation team about the infancy institutionalizationand un institutionalization process in frame of law nº24.417, about the childhood integral protection rights. It concludesthat the opposition between institutionalization and uninstitutionalization, is the result of the social construction thatproduce the old days sites assigned to both included andexcluded of the social system. Thinking in disarm this binarypair, involve to adopt a critic vision at the inner of these uniformproposals.Key wordsInfancy Institutionalization Un-institutionalization RightsEl presente trabajo se desarrolla en el marcado del proyectode investigación UBACyT P001: Análisis de la práctica del psicólogoforense con menores judicializados por violencia familiaren el marco de la Ley Nº 24.417. Determinantes institucionales,programación científica 2004/2007.Es a partir de la formulación y reglamentación parcial -a la fechade este escrito mayo de 2007- de la ley 26.061 de ProtecciónIntegral de los Derechos de la Niñas, Niños y Adolescentes,que surgieron algunos interrogantes al interior del equipode investigación acerca de los procesos de institucionalizacióny de desinstitucionalización que comprometen a la infancia enel marco de la ley. Los enunciados de la ley, que retoman elespíritu de la convención internacional sobre los derechos delniño, instauran un debate práctico. La ley destierra el paradigmade la situación irregular (ley Agote) y plantea, acotadamente, laimplementación de prácticas que tienden a la descentralizacióny desinstitucionalización de la infancia, sostenidas en elparadigma de la protección integral. Dicho giro conlleva,intrínsicamente, la necesidad de resituarnos como profesionalesen un escenario diferente al transitado desde 1919, lo cualimpone, necesariamente, cambios y adecuaciones institucionales,entendiendo por ello, un amplio espectro que involucrano sólo a las políticas de gobierno sino también a todos losámbitos comprendidos en materia de derechos de infancia enlos cuales se encuentra inserto el psicólogo con la infanciainstitucionalizada. Así mismo impone repensar la significaciónde nociones y prácticas acuñadas y efectuadas bajo una realidadpolítica, económica y cultural diversa a la actual o, ¿quizásidéntica bajo ciertos nuevos ropajes?El proceso de institucionalización basado en la doctrina de lasituación irregular, separaba al niño de su hogar, su familia, sucomunidad, su cultura, insertándolo la más de las veces allídonde se contara con una cama. Es decir, una situación penosapara los niños y una situación compleja para los profesionalesinvolucrados en la tarea de admisión y diagnóstico dentrode un sistema que amenazaba colapsar en el día a día.[i] Dichoproceso se sustentaba, más allá de sus contradiccionespropias, en la posibilidad de resguardar al niño: El patronato seejercerá atendiendo a la salud, seguridad, educación moral eintelectual del menor, proveyendo a su tutela (art. 4, ley 10.903).Ahora bien, en la ley 26.061, publicada en el Boletín Oficial26/10/2005, en otros términos -derechos de los niños- se establecesu protección, atendiendo también a su salud, seguridady educación integral. Pero en pos de dicha protección en lalegislación derogada se establecían medidas que implicabanla institucionalización y en la nueva legislación éstas se implementaransólo como último recurso y, concomitantemente, seestablecen medidas de desinstitucionalización: Medidas deprotección integral de derechos. Son aquellas emanadas delórgano administrativo competente local ante la amenaza oviolación de los derechos o garantías de uno o varias niñas,niños o adolescentes. Individualmente considerados, con elobjeto de preservarlos, restituirlos o reparar sus consecuencias(art. 33, ley 26.061) Es decir, la institucionalización solo se realizaríaa efecto de proteger al niño ante la amenaza o violaciónde un derecho.Cómo ya se mencionó, en ambos casos la ley procura la protecciónde la infancia, pero quizás en ninguno de los casos loordenado contempla en profundidad cuáles son los derechos527

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