Escritos diversos - Banco de Reservas
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<strong>Escritos</strong> <strong>diversos</strong> Emiliano Tejera<br />
virreina <strong>de</strong>scansa sola, sin una inscripción que la recuer<strong>de</strong>, ni siquiera una simple loza en la parte baja<br />
<strong>de</strong>l antiguo Presbiterio <strong>de</strong> la catedral. Sus dos compañeros <strong>de</strong> tumba, el primer Almirante y Don<br />
Diego, el <strong>de</strong>stino los ha lanzado a otros lugares, y gracias que cerca <strong>de</strong> ella reposa su hijo Don luis, y<br />
tal vez en la parte baja su segundo hijo, Don cristóbal.<br />
El Empréstito<br />
Hame extrañado sobremanera que se diga que han hecho algunos pagos con las sumas obtenidas<br />
con el empréstito <strong>de</strong> $1,500,000. ¿cómo pue<strong>de</strong> disponer <strong>de</strong> esas sumas el Ejecutivo cuando el contrato<br />
<strong>de</strong> empréstito no ha sido aprobado por el congreso? ¿cómo ha podido el prestamista entregar<br />
fondos cuando no se han llenado las formalida<strong>de</strong>s indispensables para que la nación sea <strong>de</strong>udora <strong>de</strong>l<br />
importe <strong>de</strong> esos fondos?<br />
Al congreso le es atributivo, según el inciso 16 <strong>de</strong>l artículo 85 <strong>de</strong> la constitución <strong>de</strong>l Estado:<br />
levantar empréstitos sobre el crédito <strong>de</strong> la República por medio <strong>de</strong>l Po<strong>de</strong>r Ejecutivo; y esto se ha hecho en esta<br />
ocasión; pero el inciso 26 <strong>de</strong>l mismo artículo atribuye al congreso la facultad <strong>de</strong> aprobar o no los contratos<br />
que celebre el Po<strong>de</strong>r Ejecutivo; y el inciso undécimo <strong>de</strong>l artículo 53 conce<strong>de</strong> al Po<strong>de</strong>r Ejecutivo la facultad<br />
<strong>de</strong> celebrar contratos <strong>de</strong> interés general, y someterlos al Congreso para su validación.<br />
¿Es o no un contrato el convenio <strong>de</strong> empréstito <strong>de</strong>l 22 <strong>de</strong> febrero último? no creo que haya quien<br />
lo niegue. y si es un contrato <strong>de</strong>be ser sometido a la aprobación <strong>de</strong>l congreso, y si no es aceptado<br />
por él no tiene vali<strong>de</strong>z <strong>de</strong> ninguna clase, como si no es sometido al congreso no la tiene tampoco. no me<br />
explico cómo en esas condiciones el señor michelena ha expuesto el dinero <strong>de</strong>l national city Bank,<br />
<strong>de</strong> nueva york.<br />
y el sometimiento <strong>de</strong>l contrato al congreso es tanto más necesario, cuanto que en el <strong>de</strong>l 22 <strong>de</strong><br />
febrero hay un artículo, el octavo, que es <strong>de</strong>sdoroso y <strong>de</strong>primente para la República. Ese artículo no<br />
es, ni pue<strong>de</strong> ser aceptado por ningún dominicano que tenga un átomo <strong>de</strong> amor patrio; y me parece<br />
que el congreso, en los actuales momentos <strong>de</strong> libertad, lo rechazaría casi por unanimidad.<br />
Por mi parte, yo lo encuentro <strong>de</strong>primente para la República y creo que no <strong>de</strong>be hacerse ningún<br />
empréstito. Así se le ahorrarían al pueblo más <strong>de</strong> $65.000 <strong>de</strong> gastos y se <strong>de</strong>jaría limpia <strong>de</strong> sonrojos la<br />
Administración pública dominicana.<br />
¿necesita el Gobierno $1,500,000 para pagar sueldos atrasados y gastos <strong>de</strong> guerra <strong>de</strong>l Gobierno<br />
y <strong>de</strong> la Revolución? ¿Va a negarlos con las rentas libres <strong>de</strong> la nación? Pues que el congreso nacional lo<br />
autorice para emitir reconocimientos <strong>de</strong> <strong>de</strong>uda <strong>de</strong> 100, 500 y 1,000 pesos, por un valor <strong>de</strong> $1,500,000 y<br />
con un interés <strong>de</strong> 5 por ciento; y que se disponga que una casa <strong>de</strong> banco, como la <strong>de</strong> michelena, Ricart<br />
Holt u otra parecida, reciba todos los meses <strong>de</strong> la Receptoría los $30,000 <strong>de</strong>stinados al pago <strong>de</strong> los<br />
reconocimientos: que estos se paguen al fin <strong>de</strong> cada mes o al que lo solicite primero; o a los primeros<br />
reconocimientos numerados expedidos, o a la suerte; y la <strong>de</strong>uda se cancelará en algunos años. Entre<br />
tanto serían esos reconocimientos un valor negociable y no habría necesidad <strong>de</strong> acudir al Gobierno<br />
americano para pedirle permiso para negociar un empréstito, ni tendrían que intervenir en su pago<br />
empleados americanos <strong>de</strong> ninguna clase. ¿Que algunos acreedores sufrirían alguna <strong>de</strong>mora en sus<br />
pagos? Eso no importa gran cosa. cuando tantos perdieron su vida por libertar al país <strong>de</strong> un régimen<br />
<strong>de</strong>spótico, bien poco es que aquellos que sufrieron perjuicios con la guerra sufran algún retardo en el<br />
pago <strong>de</strong> sus reclamaciones. y en cuanto a los que sirvieron o prestaron dinero al Gobierno <strong>de</strong>rrocado,<br />
¿para qué contribuyeron a sostener ese Gobierno, contra el querer expreso <strong>de</strong>l país?<br />
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