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Escritos diversos - Banco de Reservas

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<strong>Escritos</strong> <strong>diversos</strong> Emiliano Tejera<br />

cientos <strong>de</strong> años en la España <strong>de</strong> la mesta y <strong>de</strong> la agricultura menospreciada? no habría violencia,<br />

ni exageración en ninguno <strong>de</strong> estos pensamientos. Tenemos un canon constitucional que proclama<br />

la igualdad <strong>de</strong> los dominicanos y otro que <strong>de</strong>clara la propiedad sagrada e inviolable, pero todo esto<br />

es una bella mentira tratándose <strong>de</strong> los agricultores y criadores y <strong>de</strong> la propiedad agrícola. no son<br />

iguales los agricultores y criadores: no existe la propiedad agrícola en la verda<strong>de</strong>ra acepción <strong>de</strong> la<br />

palabra. El criador o hatero es dueño absoluto, o cree serlo, <strong>de</strong> su terreno, y a<strong>de</strong>más lo es <strong>de</strong> los<br />

frutos silvestres <strong>de</strong>l terreno <strong>de</strong>l agricultor, teniendo a<strong>de</strong>más el privilegio <strong>de</strong> que sus animales recorran<br />

este y lo ocupen como bien les plazca. El agricultor solo es dueño <strong>de</strong>l pedazo <strong>de</strong> tierra que <strong>de</strong>fien<strong>de</strong><br />

a la usanza romana con un campo atrincherado, y aún <strong>de</strong> allí tien<strong>de</strong>n a <strong>de</strong>salojarlo constantemente<br />

el cerdo y el toro <strong>de</strong>l criador. Del <strong>de</strong>recho <strong>de</strong> usar y abusar que tendría a ser cierto el canon constitucional,<br />

solo tiene en realidad el <strong>de</strong> <strong>de</strong>rribar un pedazo <strong>de</strong> bosque, cercarlo y sembrarlo; pero en<br />

cuanto a los frutos <strong>de</strong> su trabajo ¡ah! esos son gajes <strong>de</strong>l vencedor, y si no los <strong>de</strong>fien<strong>de</strong> en buena lid<br />

no le correspon<strong>de</strong>n: son <strong>de</strong>l criador, porque son <strong>de</strong> sus animales, si llegan a forzar los atrincheramientos<br />

en que aquel los ha resguardado. Entonces tenemos realmente dos clases <strong>de</strong> propietarios: el<br />

criador que es propietario <strong>de</strong> lo suyo y <strong>de</strong> lo ajeno, y el agricultor que <strong>de</strong> hecho solo es propietario<br />

<strong>de</strong> una parte pequeñísima <strong>de</strong> su terreno y poseedor precario <strong>de</strong> lo que en él trabaja. ¿Qué clase <strong>de</strong><br />

propiedad es esa? ¿y por qué esa diferencia monstruosa entre dos propietarios reconocidos iguales<br />

por el precepto constitucional?<br />

Asombra en verdad lo que pasa en nuestros campos, y si no fuera por el hábito que adquirimos<br />

<strong>de</strong>s<strong>de</strong> la infancia <strong>de</strong> ver la injusticia triunfante, nos indignaría que esos hechos monstruosos se llevasen<br />

a cabo diariamente. un agricultor, un propietario quiere aprovechar una parte <strong>de</strong> su terreno, y al<br />

efecto lo <strong>de</strong>smonta, prepara y siembra. no habiendo animales silvestres nada tiene que temer: pue<strong>de</strong><br />

prescindir <strong>de</strong> cercas, y con lo que estas le hubieran costado, aumenta si le parece, el campo que quiere<br />

cultivar. Este proce<strong>de</strong>r es natural, es lógico, es una aplicación <strong>de</strong> su <strong>de</strong>recho. otro propietario igual,<br />

un criador, quiere también aprovechar los frutos <strong>de</strong> su terreno, y en eso piensa bien, y al efecto trae<br />

a él cerdos y reses. nada teme tampoco porque hasta ese día no ha presenciado el hecho <strong>de</strong> que el<br />

maíz o la yuca <strong>de</strong> su vecino agricultor vayan a <strong>de</strong>vorarle el fruto <strong>de</strong> sus yayas y palmas. Pero los cerdos<br />

y reses <strong>de</strong>l criador no son como las plantas <strong>de</strong>l agricultor: estas son estacionarias, aquellas caminan<br />

y cambian <strong>de</strong> lugar y no entien<strong>de</strong>n <strong>de</strong> lin<strong>de</strong>ros, y al caminar y cambiar <strong>de</strong> lugar pue<strong>de</strong>n hacer daño<br />

al agricultor que en uso <strong>de</strong> su <strong>de</strong>recho ha plantado su pequeño conuco <strong>de</strong> yucas, batatas y plátanos.<br />

¿Qué hacer para evitarlo? lo natural, lo lógico, lo justo es que el criador cierre sus animales en todo o<br />

parte <strong>de</strong> sus terrenos, y así ambos propietarios disfrutarán convenientemente <strong>de</strong> los <strong>de</strong>rechos <strong>de</strong> tales.<br />

¿Pasan las cosas así? no; el que <strong>de</strong>be cercar, según la leí, es el que produce los objetos inmóviles; los<br />

que no pue<strong>de</strong>n transportarse, y no <strong>de</strong>be cercar el que le place tener los objetos que caminan, y que al<br />

caminar no solo consumen lo ajeno, sino que a veces imposibilitan al otro propietario el ejercicio <strong>de</strong><br />

sus más legítimos <strong>de</strong>rechos. ¿En dón<strong>de</strong> está la justicia, en dón<strong>de</strong> la igualdad, en dón<strong>de</strong> la lógica? ¿Por<br />

qué la ley, para ser consecuente, no dispone que se encierren en gran<strong>de</strong>s prisiones a los habitantes <strong>de</strong>l<br />

país, y con ellos sus propieda<strong>de</strong>s, y que los que se <strong>de</strong>diquen al noble arte <strong>de</strong> rateros an<strong>de</strong>n sueltos por<br />

todas partes <strong>de</strong> pié y pierna, sin menoscabarles en modo alguno el sagrado <strong>de</strong>recho <strong>de</strong> apo<strong>de</strong>rarse <strong>de</strong><br />

lo ajeno, siempre que encuentren cabida para ello, disponiendo a<strong>de</strong>más se castigue, como es natural,<br />

a los que por <strong>de</strong>fen<strong>de</strong>r lo suyo los lastimen en lo más mínimo? Así estarían equiparados las ciuda<strong>de</strong>s<br />

y los campos.<br />

De esto resulta que en realidad no hay verda<strong>de</strong>ros propietarios rurales. no lo es el criador, porque<br />

no utiliza, ni pue<strong>de</strong> utilizar ordinariamente sino las yerbas y frutos silvestres <strong>de</strong> sus terrenos, y a<strong>de</strong>más<br />

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