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su historia y sus consecuencias - Unesco

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LA RUTA DEL ESCLAVO EN EL RÍO DE LA PLATA: SU HISTORIA Y SUS CONSECUENCIAS<br />

En la Provincia Oriental, es importante resaltarlo, a pesar del enfrentamiento en defensa<br />

de la soberanía particular de los pueblos que llevó a no reconocer la autoridad del gobierno de<br />

las Provincias Unidas, la disposición de la Asamblea General Constituyente sobre la “libertad<br />

de vientres” tuvo vigencia. No parece haber ocurrido lo mismo con el reglamento estableciendo<br />

los años de “pupilaje”, es decir, las fuentes no indican la obligatoriedad de servicio de los libertos.<br />

Por otro lado, parece que <strong>su</strong> aplicación debió pelearse en cada caso en los tribunales. Se dio en<br />

estas situaciones que la mayor o menor vigencia de las resoluciones dependió de la cercanía con<br />

los lugares de decisión. Mientras que, por ejemplo, en la región de Maldonado continuaron las<br />

ventas de niños esclavos, en las capitales o villas cercanas (Montevideo, Buenos Aires, Colonia)<br />

la vía jurídica pudo ser transitada. (Frega, 2004)<br />

A efectos de ilustrar la lucha de las madres por la libertad de <strong>su</strong>s hijos, así como la<br />

vigencia de la ley de 1813 en el territorio de la Provincia Oriental, sintetizamos dos expedientes<br />

judiciales. Gregoria Fruanes se presentó en 1815 ante el delegado de José Artigas en Montevideo,<br />

Miguel Barreiro, denunciando que <strong>su</strong> amo estaba incluyendo a <strong>su</strong> hijo en el precio de<br />

venta. Según <strong>su</strong> testimonio, <strong>su</strong> hijo había nacido “en el dichoso tiempo de un Sistema Liveral y de<br />

Livertad, tan analogo al grito gral. dela America y aun de la misma naturaleza.” Denunciaba a <strong>su</strong><br />

amo, don Juan Méndez Caldeyra, quien “sólo mira <strong>su</strong>s intereses y desdice con <strong>su</strong>s obras el Patriotismo<br />

y honrrades que anuncia con <strong>su</strong>s labios”. El expediente quedó trunco al dar vista a Méndez<br />

Caldeyra. El otro caso que presentamos es el de Cristina, quien defendía la libertad de <strong>su</strong> hija.<br />

En noviembre de 1820 don Vicente Ramos, vecino y juez del pueblo de San Salvador, se presentó<br />

a las autoridades de Colonia reclamando la propiedad de una “negrita chica”, hija de <strong>su</strong><br />

antigua criada Cristina. Argumentaba en <strong>su</strong> favor que “en esta Banda no ha[bía] habido semejante<br />

orden de Libertad a ningún negro recién nacido” y que el gobierno de Buenos Aires había<br />

actuado contra derecho cuando había determinado que “la cría [era] libre y no dentraba en la<br />

venta” de la criada que había hecho en aquella ciudad. El escrito presentado por la esclava<br />

Cristina, por el contrario, sostenía que “Don Jose Artigas, a cuyo cargo estuvo esta Provincia jamas<br />

desaprobó esta gracia, antes la hizo cumplir”. Mencionaba, además, la existencia de antecedentes<br />

favorables en ese mismo juzgado -lo cual confirmaba que era necesario recurrir a los tribunales<br />

para hacer valer esta disposición- y, por si <strong>su</strong> pedido era desestimado, solicitaba papel de venta<br />

para <strong>su</strong> “desgraciada” hija a fin de librarla del “corazón de fiera” de don Vicente Ramos. Las<br />

autoridades locales fallaron en favor de la libertad de la niña. (Frega, 2004)<br />

En otras regiones del “Sistema de los Pueblos Libres” también se procuró utilizar la<br />

independencia política respecto del gobierno de las Provincias Unidas para desconocer la vigencia<br />

de la libertad de vientres. Esto parece haber ocurrido en Corrientes bajo el gobierno de José<br />

de Silva en 1815 y aun después, ya que en noviembre de 1817 Juan Bautista Méndez debió<br />

solicitar al Cabildo Gobernador de Corrientes que le remitiera copia del oficio de Artigas donde<br />

“reprovava” tal interpretación para hacerla circular por “estas campañas”. Según Méndez “estan<br />

en este error viviendo estas jentes, vendiendo Livertos por Esclavos”. (Archivo Artigas, tomo XXXIV,<br />

2003)<br />

La dominación luso-brasileña determinó que nuevamente los hijos de las esclavas heredaran<br />

esa condición. Fue en el año 1825, reiniciada la lucha, en que la Sala de Representantes de<br />

Ana Frega, Alex Borucki, Karla Chagas, Natalia Stalla<br />

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