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su historia y sus consecuencias - Unesco

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UNESCO<br />

Debe advertirse que el final del proceso de abolición en el Río de la Plata, se <strong>su</strong>perpuso al<br />

establecimiento, por parte de las elites, de dispositivos más eficaces para la corrección y reglamentación<br />

de las clases populares. (Andrews, 1989) Los procesos de disciplinamiento afectaron<br />

particularmente a la población negra, a partir de instituciones como el ejército, de la reglamentación<br />

laboral y de la corrección de la vida cotidiana. Tras el final de la Guerra Grande, los<br />

esclavos emancipados fueron <strong>su</strong>jetos a edictos policiales que coartaban <strong>su</strong> libertad mediante la<br />

reglamentación de <strong>su</strong> trabajo. Al desaparecer la esclavitud, quienes contrataban el trabajo de los<br />

afrodescendientes reclamaron reglamentar <strong>su</strong> servicio. Tanto en la campaña como en Montevideo<br />

se generó una mecánica policial para asegurar la <strong>su</strong>jeción de los recién liberados a las relaciones<br />

laborales. De esta forma, <strong>su</strong>rgió la confección de registros policiales de sirvientes, el requerimiento<br />

de papeletas de empleo y referencias, así como la conformación de listados de morenos y<br />

pardos. Por lo tanto, es posible percibir la implantación de prácticas coactivas orientadas a la<br />

población negra, generadas tras la abolición, las cuales <strong>su</strong>plantaron algunas modalidades de<br />

relación propias de la esclavitud. Esta operación se acompañó de otras disposiciones en pos de<br />

ampliar el tiempo que los <strong>su</strong>jetos dedicaban al trabajo, las cuales se habrían de extender a los<br />

heterogéneos sectores populares para <strong>su</strong>jetarlos al mercado laboral.<br />

Luego de la guerra los afrodescendientes se integraron a las comunidades compartiendo<br />

las posibilidades materiales de los sectores populares. La abolición de la esclavitud no<br />

cambió radicalmente las posibilidades materiales de los emancipados respecto de las condiciones<br />

de los morenos libres en tiempos de la esclavitud. En la campaña, el ascenso social de<br />

los afrodescendientes estuvo fundamentalmente orientado hacia el desarrollo de estrategias<br />

de vida independiente, al establecerse como pequeños labradores propietarios, arrendatarios<br />

o agregados en tierras ajenas, que se <strong>su</strong>stentaban en el trabajo familiar.<br />

Cronología<br />

primaria<br />

sobre<br />

esclavitud<br />

y caminos<br />

de<br />

emancipación<br />

en el<br />

Río de la Plata<br />

entre<br />

1812 y 1862<br />

1812. Abril. Superior Gobierno de las Provincias Unidas. Prohibición del tráfico de<br />

esclavos.<br />

1813. 2 de febrero. Buenos Aires. Asamblea General Constituyente. Decreto disponiendo<br />

que a partir del 31 de enero de ese año nadie nacería esclavo. (Libertad de<br />

vientres). Esta disposición tuvo vigencia en la Provincia Oriental artiguista.<br />

1813. 4 de febrero. Buenos Aires. Asamblea General Constituyente. Decreto disponiendo<br />

que los esclavos de países extranjeros serán libres “por solo el hecho de pisar<br />

el territorio de las Provincias Unidas”.<br />

1813. 6 de marzo. Buenos Aires. Asamblea General Constituyente. Reglamento<br />

fijando las condiciones de los libertos o pupilos, que alcanzarían plena libertad a<br />

los 20 años los varones y 16 las mujeres.<br />

1813. 31 de mayo. Buenos Aires. Asamblea General Constituyente. Decreto autorizando<br />

al gobierno a formar un regimiento de negros esclavos mediante el pago<br />

del importe correspondiente a <strong>su</strong>s amos.<br />

1813. 24 de diciembre. Buenos Aires. Decreto haciendo extensivo el “rescate” de<br />

esclavos a ser incorporados al ejército, a toda la Provincia de Buenos Aires.<br />

1814. 21 de enero. Buenos Aires. Decreto. Sólo serán considerados libres los esclavos<br />

introducidos por vía de comercio o venta, y de ninguna manera aquellos que<br />

vinieran fugados de otros países o los que, introducidos por extranjeros en calidad de<br />

sirvientes, se conservaran en <strong>su</strong> propiedad y servicio.<br />

142<br />

PRIMER PANEL

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