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2011-00300 242<br />

evaluativos rendidos por el Fiscal Regional identificado con el código<br />

023 conceptúa que los datos entregados por este deponente “han<br />

servido, no solo a la Procuraduría, sino que, los nuevos que ha suministrado<br />

para la identificación de los presuntos responsables tanto materiales como<br />

intelectuales de los hechos narrados, si bien es cierto, penalmente no han sido<br />

utilizados, ….. en lo disciplinario y que se conociera en otrora época ha sido<br />

utilizado para adelantar dicho proceso, …” y por consiguiente considera<br />

que se hace acreedor a los beneficios consagrados en la Ley 81 de<br />

1993 85 .<br />

En el mismo <strong>sent</strong>ido se pronunció PABLO GONZALEZ MONGUI,<br />

quien se desempeñó como jefe de la Oficina de Investigaciones<br />

Especiales de la Procuraduría entre septiembre de 1989 y marzo de<br />

1991, persona que frente la Fiscalía Delegada ante la Dirección<br />

Nacional del CTI, bajo juramento, reconoció que con los datos<br />

suministrados por GARZÓN se pudo establecer el paradero de<br />

NIDIA ERIKA BAUTISTA y LUIS PRIETO, concretando que “La<br />

información suministrada por esa persona fue muy valiosa y considero que<br />

sigue siendo importante, porque hasta donde la Procuraduría pudo constatar,<br />

todos los datos por él suministrados, fundamentalmente sobre ubicación de las<br />

Victimas fueron constatados excepto en el caso del cuerpo de AMPARO<br />

TORDECILLA, que pudo haber sido arrastrado por las aguas del rio en donde<br />

fue asesinada” 86 .<br />

Ahora, si bien finalmente el 11 de agosto de 1997 el Despacho del<br />

Fiscal General de la Nación niega los beneficios por colaboración a<br />

GARZÓN GARZÓN, no fue precisamente porque la información<br />

suministrada no fuera valiosa, útil o fuera falsa.<br />

Por el contrario, tuvo en cuenta que “los avances conseguidos en la<br />

Procuraduría conducen a pensar en la seriedad de la colaboración” 87 ; sin<br />

85 Folios 190 al 193 y 219 al 223 Original de Anexos de la Instrucción N° 88.<br />

86 Folio 217 ibídem.<br />

87 Folio 235 del mismo cuaderno.

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