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Silvia Augusta Cirvini<br />

tectos recién llegados al país, con un detalle resumido de sus aptitudes, formación y manejo<br />

de idiomas. 4<br />

Aunque no existía un sistema reconocido legalmente, el mercado laboral de los dibujantes<br />

se movía con criterios de gremio medieval: de primera, de segunda y aprendices, en<br />

una sucesión de funciones y responsabilidades. En la revista “El Arquitecto” se propone legitimar<br />

y reconocer, con la obtención de un título, el proceso de aprendizaje que realizaban<br />

en los estudios, a través de la aprobación de un examen de competencia en la Sociedad<br />

de Arquitectos. 5<br />

La relación entre el arquitecto-patrón y el dibujante-empleado era fuertemente jerárquica<br />

y paternalista. La gran mayoría trabajaba a sueldo, aunque las revistas comentaban<br />

la conveniencia de otorgarles, sólo a los dibujantes de primera, un porcentaje de participación<br />

en las ganancias del estudio, de manera de conseguir involucrarlos con justicia en los<br />

éxitos, pero también compartir con ellos las desgracias, morigerando las crisis económicas<br />

de la falta de trabajo en los estudios.<br />

En 1915, la Sociedad Central de Arquitectos aprueba, (en Asamblea de la institución<br />

del 29 / 07 / 1915) el primer reglamento de ejercicio profesional, una suerte de “código de<br />

honor” de los deberes del arquitecto, emulando el que regía a los miembros de la Sociedad<br />

de Arquitectos de Francia desde 1895. 6 Este primer código profesional había sido publicado<br />

ya en 1905, en Arquitectura 7 apartado de la Revista Técnica y órgano oficial de la consolidada<br />

Sociedad de Arquitectos, luego de su refundación. En esa ocasión el artículo se<br />

presentaba como una reproducción del reglamento que había sido publicado en el último<br />

Anuario de la “Sociedad Central de los Arquitectos franceses”. Diez años más tarde se<br />

adoptaría como propio en Asamblea de la institución.<br />

Como regla básica queda estipulado que la profesión de arquitecto es “una profesión<br />

liberal y no comercial” y debe ser remunerada mediante honorarios por parte de su cliente,<br />

no pudiendo recibir ningún tipo de emolumentos por parte de empresarios, proveedores,<br />

etc. Tan fuerte y excluyente era esta regla que todo Arquitecto “que se convierte en constructor<br />

o dependiente de constructor…, pierde la calidad de Arquitecto”. 8 Sin embargo, el hecho<br />

de ser empleado en un estudio de arquitectura no era motivo de pérdida de la condición<br />

de Arquitecto. 9 Estas reglas, que pautan fundamentalmente la relación laboral al interior<br />

del grupo, tienden a consolidar las relaciones internas como síntesis de la etapa fundacional:<br />

solidaridad entre colegas, respeto mutuo, consideración con los arquitectos “mayores”<br />

y apoyo a los jóvenes estudiantes o egresados. 10<br />

Consideramos muy importante la aparición de este documento, como declaración de<br />

principios que regula el ejercicio profesional, fija las pautas, establece la regla, estipula el<br />

4 Jorge Tartarini, “Capítulo 3 (1901-1915)”, en Sociedad Central de Arquitectos. 100 años de compromiso con el país, Buenos<br />

Aires, 1994, p. 84.<br />

5 Real de Azúa, “Dibujantes de Arquitectura”, El Arquitecto, Vol. VI, Diciembre de 1925, Nº 65, también publicado en la<br />

Revista de Arquitectura, en enero de 1926.<br />

6 Cf. “Código Profesional del Arquitecto”, en Revista de Arquitectura, Nº extraordinario de Octubre a Diciembre de 1915,<br />

pp. 19 / 21.<br />

7 Cf. “Los deberes profesionales del Arquitecto”, en Arquitectura, Nº de febrero de 1905, pp. 192 / 195.<br />

8 Art. 21 del mencionado Código.<br />

9 Art. 22 del mencionado Código.<br />

10 Art. 7 y 8 del mencionado Código establecen obligaciones con los colegas, tanto de “mayor edad” como los jóvenes que<br />

realizan “práctica profesional” en el estudio.<br />

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