presencia del pensamiento acalitense contemporneo xi - UNAM
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perseguidores rectificaran sus sendas... ¿Qué cosa queda por hacer a los obispos,<br />
sino declarar que no se mudara nada en su actitud y en la <strong>del</strong> pueblo mientras no<br />
se quitasen tan injustas leyes?" Lo más trascendentes fue que el Papa dio el<br />
espaldarazo a la Liga de Defensa de la Libertad Religiosa. Días después pediría la<br />
Liga al Episcopado no condenar el movimiento armado, sostener la unidad de<br />
acción por la conformidad de un mismo plan y un mismo caudillo, formar<br />
conciencia colectiva de que se trataba de una acción lícita, fondable, meritoria, de<br />
legitima defensa armada y habilitar canónicamente vicarios castrenses. El Comité<br />
Episcopal en reunión <strong>del</strong> 30 de noviembre con la Liga comunicó que habían sido<br />
aprobados los puntos señalados en el Memorial, excepto habilitar vicarios<br />
castrenses; es decir que el Episcopado aprobaba la guerra cristera. Veamos en<br />
detalle en qué sustenta José Gregorio la justedad de la guerra cristera.<br />
La argumentación manejada por José Gregorio se encuentra en los anteriores<br />
fundamentos; glosaré con mas detalle lo que dice al respecto en Mis recuerdos de<br />
la Gesta Cristera. Para él es determinante el articulo 15 de la Ley Calles y la<br />
Encíclica. Iniquis Affectisque de Pió XI, como también<br />
algunas instrucciones <strong>del</strong><br />
Episcopado Me<strong>xi</strong>cano. El artículo 15 de la Ley Calles reza: Queda estrictamente<br />
prohibida la formación de toda clase de agrupaciones políticas, cuyo título tenga<br />
alguna palabra o indicación cualquiera que las relacione con alguna confesión<br />
religiosa. José Gregorio refuerza el contenido con lo que apareció en el artículo La<br />
verdadera causa de los actuales desordenes en Mé<strong>xi</strong>co, que apareció en L'<br />
Observatore Romano en agosto de 1926. Ni se diga que los católicos podían<br />
unirse y organizarse para intentar una defensa por medios pacíficos y legales: es<br />
imposible, porque la ley de Calles prohíbe estrictamente, bajo pena más grave,<br />
toda asociación de los fieles con este fin. No queda pues, a las masas que no<br />
quieran someterse a la tiranía, a las que ya no contienen las pacíficas<br />
exhortaciones <strong>del</strong> clero, más que la rebeldía armada. Para el no cabe la menor<br />
duda que el Vaticano se reconoció el derecho que asistía a los católicos<br />
me<strong>xi</strong>canos al hacer uso de las armas.<br />
Para reforzar su aseveración José Gregorio cita el comunicado de la Liga de 26 de<br />
noviembre de 1926, en que hizo <strong>del</strong> dominio público que la Iglesia declaraba lícita<br />
la defensa armada, que los católicos consideramos obligatoria, porque resultaba<br />
evidente la <strong>presencia</strong><br />
de una tiranía y porque ya no e<strong>xi</strong>stían medios legales y<br />
pacíficos para resolver el problema, puesto que todos habían sido usados<br />
inútilmente. Además, porque es lícito un movimiento armado contra la tiranía, así<br />
haya llegado legítimamente al poder quien lo ejerce. Mayor razón había en este<br />
caso de Mé<strong>xi</strong>co, cuando Calles, además de tirano, era usurpador. Para él, el clero<br />
no había empujado a los católicos a que tomaran las armas, pero tampoco les<br />
prohibió que lo hicieran. La defensa armada, pues, nació <strong>del</strong> pueblo oprimido y<br />
deseoso de libertad.<br />
Ve que el someterse a las leyes, como deseaba Calles, equivalía a aceptar la<br />
esclavitud, pues ya se conoce la inutilidad de esa gestión y el lugar a donde fueron<br />
a parar el documento y las firmas que lo respaldaban. Entonces no quedaba sino<br />
alzarse en armas, es decir, el último de los tres caminos. Que fanfarroneara Calles<br />
estar preparado, le costó muy caro, porque aunque el ejército federal estaba bien<br />
equipado y dirigido por oficiales de carrera, se vio impotente para sofocar a los<br />
grupos cristeros. Además para obedecer las leyes a conciencia, hacía falta que no<br />
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