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Comentario Biblico San Jeronimo 01.pdf - Comunidad San Juan

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318 DEUTERONOMIO 6:35-36<br />

de la alianza, es característica de Dt; cf. 14,26; 16,11.14.15; 26,11;<br />

27,7; 28,8. 8. Aquí los israelitas están evidentemente en Canaán. lo que<br />

le parece bien: Se trata de actuar según el propio gusto en lo que se<br />

refiere a frecuentar santuarios locales, como se ve por Jue 17,6; 21,25.<br />

9. lugar de descanso: El término m e nüháh es empleado por D para<br />

designar a Canaán, objeto de las promesas divinas (cf. 25,19; Sal 95,11);<br />

en las tradiciones anteriores, este término se relacionaba también con el<br />

arca (Nm 10,33; cf. G. von Rad, «Zwischen den Zeiten» 12 [1932-33],<br />

104-11). 10. Aquí comienza una formulación más o menos paralela.<br />

12. el levita que está en vuestras ciudades: Sobre el papel de los levitas<br />

en el Dt, cf. los comentarios a 1,19 y 33,8. La situación del levita es<br />

aquí semejante a la del levita betlemita de Jue 17,7ss; los levitas son<br />

clasificados también como «forasteros» o «extraños».<br />

35 B) Normas sobre alimentos sagrados y profanos (12,15-28).<br />

15. Primitivamente, toda inmolación de animales era considerada como<br />

un acto sagrado (zabah, «inmolar» o «sacrificar»). Según Lv 17,3ss, era<br />

sagrada la inmolación de todos los animales destinados al sacrificio,<br />

mientras que en el Dt el elemento sagrado se ha reducido a abstenerse<br />

de la sangre, portadora de la vida, un antiguo tabú religioso (cf. 1 Sm<br />

14,32ss), y a los animales efectivamente destinados al sacrificio. 19. Los<br />

levitas, que no tenían entonces una residencia fija ni medios independientes,<br />

son encomendados a la caridad de los fieles a quienes sirven<br />

(cf. 14,27.29; 16,14; 26,12). 20. Esta legislación surgió merced al cambio<br />

de la vida seminómada por la vida sedentaria. Los vv. 20-28 parecen<br />

un paralelo de la anterior prohibición.<br />

C) Advertencia sobre la idolatría en la tierra (12,29-32). La<br />

fuente de peligro consistía en la divulgada creencia de que el domicilio<br />

en un país determinado implicaba unas especiales relaciones con el dios<br />

o los dioses del país. En Canaán, los Baales estaban bien asentados.<br />

30. Cf. comentario a 7,16. 31. Cf. 18,10 y el comentario a Lv 18,21.<br />

La práctica del sacrificio de niños es mencionada en la reforma de Josías<br />

(2 Re 23,10).<br />

36 D) Diferentes formas de tentación a la idolatría (13,1-18). Esta<br />

sección contiene tres estipulaciones en forma de ley casuística (comenzando<br />

con ki...: «Si un profeta...», «Si tu hermano...», «Si oyes...»;<br />

cf. en 17,2-7 una cuarta estipulación de este tipo) contra posibles fuentes<br />

de tentación a practicar la idolatría en Canaán. Teniendo en cuenta<br />

la situación dada y especialmente la semejanza formal con las secciones<br />

casuísticas de Ez (14,13ss; 14,21ss; en particular, cap. 18), podemos<br />

conjeturar que estas secciones pertenecen a la recensión exílica del libro.<br />

2. En el TM, 12,32 es 13,1. Como heredero de la tradición E, el Dt<br />

concede importancia a la profecía y a los sueños. Según 18,22, la prueba<br />

de un profeta verdadero es el cumplimiento de su predicción, pero<br />

hay que considerarla junto con su fidelidad a Yahvé; cf. Jr 23,9-40, que<br />

trata en parte de la falsa profecía en tiempos del Dt. A propósito de la<br />

actitud deuteronomista frente a los sueños, que desempeñaban tan gran<br />

papel en la región fenicio-cananea, cf. 13,2.4.6. 4. Cf. cómo Dios probó<br />

6:37 DEUTERONOMIO 319<br />

a su pueblo en el desierto (8,2). 6. por haber predicado la apostasía:<br />

Esta frase, que parece sugerir la realeza de Yahvé, se emplea sólo aquí<br />

y en Jr 28,16; 29,32; en ambos casos se refiere a los falsos profetas.<br />

7. Nada humano puede interponerse en el camino del culto al único<br />

Dios verdadero (cf. Le 14,20-27). 14. algunos malvados: Lit., «hijos de<br />

Belial» (b e li ya'al, «sin provecho», «inútiles»); esta expresión se emplea<br />

frecuentemente en la historia deuteronomista (por ejemplo, Jue 19,22;<br />

20,13, de los hombres de Guibeá; 1 Sm 2,12, de los hijos de Eli, etc.).<br />

En Nah 1,11 y 2,1 es un seudónimo profético para indicar a un agresor<br />

asirio; en Sal 18,5 es un nombre propio que significa «muerte». Entendido<br />

en este sentido —como un demonio o espíritu maligno—, aparece<br />

en LQ y en la literatura apocalíptica de la época, a veces en la forma<br />

Beliar (cf. 2 Cor 6,15). 17. montón de ruinas: Un tel es un montículo<br />

o colina formado en torno a un lugar destruido y desierto (cf. Jos 8,28).<br />

Este versículo refleja la ideología que está detrás de la historia deuteronomista<br />

de la conquista en Jos. 17b-18. Se ofrece una exhortación final<br />

de tipo inclusivo; esto muestra el Sitz im Leben litúrgico de la legislación.<br />

37 E) Leyes contra las costumbres paganas y los alimentos tabú<br />

(14,1-21). 1. Cf. comentario a 1,31a. Tanto si este versículo concluye<br />

la sección anterior como si inaugura una nueva, constituye un ejemplo<br />

del contexto homilético de las leyes. La prohibición de practicarse incisiones<br />

o tonsura como signo de duelo por los muertos aparece también<br />

en el Código de <strong>San</strong>tidad, Lv 19,27. Al parecer, estas prácticas fueron<br />

adoptadas por las comunidades proféticas en Canaán (cf. 1 Re 20,41;<br />

2 Re 2,23; cf. Aqhat I, iv, 11). Sin embargo, en Jr 16,6; 7,29; 41,<br />

5, etc., parece que se las consideraba como normales. 2. Por lo que se<br />

refiere a la conclusión homilética del enunciado de la ley, cf. comentario<br />

a 7,6. 3. Sigue (vv. 3-21a) una serie de normas de tó í ébáh (abominación)<br />

relativas a los alimentos ritualmente permitidos y no permitidos,<br />

normas que fueron introducidas por la ley apodíctica originaria (v. 3) y<br />

que constituyen un paralelo aproximado con respecto a la serie del Código<br />

de <strong>San</strong>tidad (Lv 11). La presente serie es de redacción tardía, pero<br />

contiene un material primitivo (R. K. Yerkes, IQR 14 [1923-24], 1-29).<br />

En los textos no aparece el elemento racional que está detrás de estos<br />

tabús alimentarios; podemos pensar en una repulsión natural (por ejemplo,<br />

aves de presa y algunos insectos), o en asociaciones siniestras y ominosas<br />

(por ejemplo, cuervos, Lv 11,15), o en el hecho de que ciertos<br />

alimentos fueran sacrificados en ritos paganos (por ejemplo, el camello<br />

y el cerdo), si bien gran parte del material sacrificial era semejante en<br />

Israel y en Canaán. Esta parte ritual de la ley fue abrogada por Cristo<br />

(Mt 15,10-20; cf. 1 Cor 8, etc.). 6. Tales criterios y la clasificación de la<br />

fauna en general eran establecidos sobre la base de una observación no<br />

científica. 9. El agua es un elemento bueno, portador de vida; los mamíferos<br />

del océano eran conocidos, pero sólo como criaturas míticas;<br />

los crustáceos eran asimilados a los reptiles y, por tanto, considerados<br />

como tabú. Pero, de hecho, los hebreos tenían escasos conocimientos del

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