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Primeras CS-3 - Recursos de Desarrollo Humano Local

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MARCO TEÓRICO-CONCEPTUAL, NORMATIVO E INSTITUCIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS DE…los Estados con vistas a orientar sus políticas y actuaciones en cumplimiento <strong>de</strong>obligaciones <strong>de</strong> <strong>de</strong>rechos humanos:22. En mi primer informe a la Comisión <strong>de</strong> Derechos <strong>Humano</strong>s, en 2004,señalé la necesidad <strong>de</strong> crear indicadores para cuantificar la violencia contrala mujer y las respuestas <strong>de</strong> los Estados a la misma. Dicha propuestase reflejó en el párrafo 25 <strong>de</strong> la resolución 2004/46, en el que la Comisión,consciente <strong>de</strong> la necesidad <strong>de</strong> alcanzar, con la plena participación <strong>de</strong>los Estados Miembros, un consenso internacional sobre los indicadores ylos métodos para cuantificar la violencia contra la mujer, pidió a la RelatoraEspecial que hiciera recomendaciones para proponer indicadores sobrela violencia contra la mujer y sobre las medidas adoptadas por, entreotros, los Estados Miembros, para acabar con ese tipo <strong>de</strong> violencia 42 .23. En consecuencia, en el presente informe se formulan dichas propuestas,orientadas por las normas <strong>de</strong> <strong>de</strong>rechos humanos, en particular las que figuranen la Convención sobre la eliminación <strong>de</strong> todas las formas <strong>de</strong> discriminacióncontra la mujer y la Declaración sobre la eliminación <strong>de</strong> laviolencia contra la mujer.De acuerdo al informe citado, «La creación <strong>de</strong> indicadores sobre la violenciacontra la mujer es una obligación <strong>de</strong> <strong>de</strong>rechos humanos, vinculada con la jurispru<strong>de</strong>nciaen materia <strong>de</strong> <strong>de</strong>rechos humanos y el principio <strong>de</strong> <strong>de</strong>bida diligencia 43 ,con arreglo a la cual los Estados <strong>de</strong>ben, entre otras cosas, garantizar que las intervencionesconcebidas para combatir la violencia se basen en datos empíricos exactos.Para ello es necesario no sólo reunir información exacta, sino también disponer<strong>de</strong> indicadores que permitan a los órganos <strong>de</strong> <strong>de</strong>cisión no especializadosacce<strong>de</strong>r a los datos, y al público vigilar las intervenciones».4. UNA MIRADA SOBRE LOS RETOSTras las arduas negociaciones <strong>de</strong> los consensos mundiales, las organizacionesimpulsaron estrategias para incidir sobre la institucionalidad internacional y estatalen los planos nacionales y se promovieron mecanismos para realizar un seguimiento<strong>de</strong>l cumplimiento <strong>de</strong> los planes <strong>de</strong> acción trazados. No obstante sus esfuerzosfueron débilmente acompañados por la comunidad internacional, en uncontexto <strong>de</strong> concentración <strong>de</strong> la cooperación internacional a relaciones bilateralesentre Estados. En dicho marco, los Estados receptores <strong>de</strong> ayuda dieron uso <strong>de</strong>tales recursos sub-contratando y sometiendo a competencia a organizaciones no42 En su resolución 61/143 (párr. 18), la Asamblea General pidió a<strong>de</strong>más a la Comisión <strong>de</strong> Estadística<strong>de</strong> las Naciones Unidas que propusiera, basándose en mi labor, posibles indicadores sobre la violencia contrala mujer.43 Véase el informe sobre la norma <strong>de</strong> la <strong>de</strong>bida diligencia como instrumento para la eliminación <strong>de</strong> laviolencia contra la mujer (E/CN.4/2006/61).185

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