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DESPUES DE LA LLUVIA - Rebelión

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hicieron dueños del poder instrumentalizando a los mandos de las Fuerzas Armadas para<br />

lograr por la fuerza aquello que no pudieron lograr por consenso popular (...) No busquemos,<br />

pues, responsables en los desaparecidos, en los asesinados, en los vejados y ofendidos,<br />

en los humillados, en los torturados, en los hambrientos, ni en los enfermos. Los responsables<br />

son aquéllos que han profitado más de quince años de poder discrecional, con todas las<br />

ventajas que ello envuelve. (...) No todos somos culpables. Yo personalmente soy víctima,<br />

como miles y miles de chilenos. Es grotesco pretender que la víctima es el culpable”. 358<br />

Durante las últimas tres décadas el mayor anhelo de los militares constitucionalistas<br />

de la Fuerza Aérea ha sido la anulación del consejo de guerra 1-73 y el restablecimiento<br />

oficial de su honor, ya que aún figuran como traidores a la patria, y eso fue precisamente lo<br />

que pidieron en un escrito presentado en agosto de 2001 ante la Corte Suprema. “Solicitamos<br />

también la reposición del sumario titulado ‘contra Bachelet y otros’ para que la justicia<br />

(...) establezca que todas las acusaciones que se nos hicieron en ese juicio son absolutamente<br />

falsas –aseguró Ernesto Galaz–. (...) Que las declaraciones fueron obtenidas bajo tortura,<br />

que se manipularon los elementos de juicio para determinar tales o cuales penas. Nos interesa<br />

que jurídicamente se establezca lo espúreo de ese proceso”. 359<br />

Angela Jeria suscribió este escrito porque su esposo fue liberado de los cargos en su<br />

contra por deceso, pero jamás fue declarado inocente. “Es muy importante que se logre y se<br />

haga justicia. (...) Es lo mínimo que merecen, después de tantos años de sufrir. Para ellos<br />

fue mucho más difícil que para un civil. Los torturaron sus propios compañeros de armas,<br />

fueron exiliados sin tener una profesión. Su campo de acción fue mucho más limitado y al<br />

regresar a Chile es mucho más limitado aún”. 360<br />

Sin embargo, el 2 de septiembre de 2002 la Segunda Sala de la Corte Suprema decidió<br />

por unanimidad rechazar su petición: “Vistos: Que la resolución impugnada por esta vía<br />

corresponde a una sentencia condenatoria dictada por Tribunales Militares en Tiempo de<br />

Guerra, materia que no ha sido entregada a la competencia de esta Corte Suprema, según lo<br />

dispuesto en el artículo 70 letra a) N2 del Código de Justicia Militar, y visto además lo<br />

dispuesto en los artículos 6 y 7 de la Constitución Política de la República, se declara<br />

inadmisible la revisión sostenida en lo principal de la presentación de fojas 1. A las demás<br />

peticiones formuladas en dicha presentación, no ha lugar, por improcedentes”. 361<br />

El alto tribunal aún considera, pues, que, como sostienen Pinochet y las Fuerzas Armadas,<br />

Chile vivió una guerra y por tanto no puede revisar ninguna de las sentencias dictadas<br />

por aquellas mascaradas de consejos de guerra que condenaron a centenares de inocentes.<br />

“La Corte Suprema no sólo dice que no, que es inadmisible, sino que hubo una guerra,<br />

358 Pluma y Pincel, 19 de julio de 1990. p. 15.<br />

359 El Siglo, 17 de agosto de 2001. Edición digital: http://www.elsiglo.cl<br />

360 El Siglo, 24 de agosto de 2001. Edición digital: http://www.elsiglo.cl<br />

361 Consultado en la página web de CO<strong>DE</strong>PU: http://www.codepu.cl<br />

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