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certificacion_del_urbanismo_ecologico

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Parámetro de cálculoFÓRMULA DE CÁLCULO [m 2 c protegido / m 2 c residencial total] x 100UNIDAD DE CÁLCULO %Consideraciones técnicasEs necesario además tener en cuenta los diferentes tipos de vivienda protegida (concertada,de régimen general, de régimen especial o para colectivos específicos), y que la actuaciónincluya el más adecuado en el ámbito según las condiciones <strong>del</strong> contexto, partiendo de losmínimos legales que establece la ley de vivienda.Si el proyecto se integra en un lugar donde la vivienda protegida es muy abundante, seráconveniente introducir sólo el mínimo legal, mientras que si la actuación se hace en tejidosdonde la vivienda protegida es escasa o directamente inexistente, la necesidad de viviendaprotegida será mayor o puede suponer incluso el total de la actuación si esta no es muygrande. Este tipo de desarrollos son especialmente valiosos para equilibrar contextosinmobiliarios carentes de mezcla social.Además es necesario priorizar el alquiler como régimen de tenencia preferente, ya que alser la opción más asequible, sus efectos sobre el acceso a la vivienda son mayores. Ademásproporcionan un mayor control a la administración sobre el parque de viviendas, ya seanlibres o protegidas, ya que por su mayor dinamismo es más sencillo y directo incidir sobreun parque de alquiler que uno de venta. De hecho, en otros países europeos no existe elconcepto español de de vivienda protegida, y lo que en ellos se conoce como “viviendasocial” se refiere únicamente a vivienda de alquiler con precio regulado por laadministración.El tamaño de las viviendas de la actuación (libres o protegidas) también debe ser objeto deatención, ya que la vivienda protegida debe hacer frente a las necesidades de unidadesfamiliares muy diferentes, por lo que es recomendable que ésta sea diversa en tamaños.Para incidir en la cohesión social la norma general debe ser proporcionar el tipo de viviendaque menos predomine en el contexto de la actuación: centrar los esfuerzos en aquellaszonas en las que sea más numerosa la vivienda de un tipo (pequeña, de compra, libre) paraintroducir el tipo contrario (grande, de alquiler, protegida) que tienda a equilibrar el tejido.Parámetro de evaluaciónOBJETIVO CIUDAD EXISTENTE EXTENSIÓN DE LA CIUDADMÍNIMO 40% 40%DESEABLE >40% según contexto 50%Justificación de la medidaLas nuevas actuaciones de vivienda, ya sean en ciudad existente o en el caso de extensiónde la ciudad deben contar con una provisión abundante de vivienda protegida, que elartículo 10 <strong>del</strong> Real Decreto Legislativo 2/2008 de 20 de junio por el que se aprueba elTexto refundido de la Ley <strong>del</strong> Suelo sitúa en un 30%. La acuciante necesidad de viviendaasequible en las ciudades españolas hace deseable aumentar este porcentaje y hacerloespecialmente en las categorías más accesibles, las <strong>del</strong> alquiler social. Las leyes de viviendade algunas comunidades autónomas o bien sus leyes de <strong>urbanismo</strong> ya establecenporcentajes mínimos más elevados a partir de la incorporación de vivienda concertada /tasada.[424]

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