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certificacion_del_urbanismo_ecologico

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PRESENTACIÓNLa dimensión urbana ha sido un factor al que se ha prestado especial atención por parte <strong>del</strong>a Unión Europea en el diseño de la política de cohesión.La necesidad de disponer de una base sólida para abordar la fijación de unos criterios y deindicadores de sostenibilidad en el medio urbano ha venido siendo demandada desdetodos los ámbitos relacionados con los estudios sobre el territorio y esa demanda haintentado ser respondida, aunque sólo fuera en parte, dada la complejidad de la materia,por disposiciones legales, como son las diversas referencias a la sostenibilidad recogidas enla Ley de Suelo 1 y como son los artículos 107 y 108 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, deEconomía Sostenible 2 . El título de ambos artículos es lo suficientemente significativo: “Finescomunes de las políticas públicas para un medio urbano sostenible” e “Información alservicio de las políticas públicas para un medio urbano sostenible”.La base sólida anteriormente citada no puede ser otra que una abundante, estructurada yhomogénea información. Y para conseguirlo, el Ministerio de Vivienda y, posteriormente elMinisterio de Fomento a través de la secretaría de Estado de Vivienda y ActuacionesUrbanas, ha desarrollado una fuerte actividad tanto normativa como divulgativa en relacióncon información, estudios, proyectos, etc., sobre temas territoriales y urbanísticos.La sostenibilidad de los desarrollos urbanos ha centrado gran parte de esta actividad y,como ejemplo, baste mencionar el “Libro Blanco de la sostenibilidad en el planeamientourbanístico” y el “Observatorio de la Vulnerabilidad Urbana”. Pero, también debe hacerseuna referencia explícita a dos instrumentos que guardan una relación muy directa con elcontenido de la publicación que aquí presentamos, el Sistema de Información Urbana (SIU) yla Estrategia Española de Sostenibilidad Urbana y Local (EESUL).El SIU, como “sistema público general e integrado de información sobre suelo y <strong>urbanismo</strong>“,es citado en el artículo 108 de la Ley 2/2011 como uno de los instrumentos necesarios de“Información al servicio de las políticas públicas para un medio sostenible” y ofrece unainformación comparable y homogénea para ser utilizada en la definición y cálculo de losindicadores de sostenibilidad relacionados con el consumo de suelo de los desarrollosprevistos, el impacto <strong>del</strong> número de viviendas a construir e, incluso, el impacto demográfico<strong>del</strong> citado desarrollo.La EESUL es un instrumento impulsado por la Administración General <strong>del</strong> Estado y ha sidodesarrollada conjuntamente por los Ministerios de Vivienda (posteriormente Secretaría deEstado de Vivienda y Actuaciones Urbanas <strong>del</strong> Ministerio de Fomento) y de Medio Ambiente,Medio Rural y Marino y, que una vez sometida a información pública y posterior consulta conlas Comunidades Autónomas y otros departamentos ministeriales está pendiente de suaprobación final por el Consejo de Ministros.1 Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Suelo2http://www.boe.es/boe/dias/2011/03/05/pdfs/BOE-A-2011-4117.pdf[7]

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