20.08.2015 Views

EL DEBIDO PROCESO CONCEPTO Tenemos pues al debido ...

EL DEBIDO PROCESO CONCEPTO Tenemos pues al debido ...

EL DEBIDO PROCESO CONCEPTO Tenemos pues al debido ...

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

de un delito tendrá, en plena igu<strong>al</strong>dad, las siguientes garantías mínimas: g) Ano ser obligada a declarar contra sí misma ni a confesarse culpable” 139Mientras que El Comité de derechos humanos, y a manera de ejemplo en elcaso Ne 52/1979 (López Burgos v. Uruguay), se ha pronunciado <strong>al</strong> respectoconcluyendo que "el Estado parte no ha refutado las <strong>al</strong>egaciones de la autorade que el Sr. López Burgos fue obligado a firmar una declaración f<strong>al</strong>sa contra simismo y de que ese testimonio fue usado contra él durante el juicio" 140 .En lo que a la jurisprudencia corresponde la Corte se ha pronunciado enmúltiples ocasiones respecto de este derecho; en sentencia C- 102 de 2005ha señ<strong>al</strong>ado “PRINCIPIO DE NO AUTOINCRIMINACION-No se limita aasuntos pen<strong>al</strong>es, correccion<strong>al</strong>es o de policía.Este privilegio constituye una de las garantías civiles más importantes en elproceso pen<strong>al</strong>, que está directamente relacionado con la prohibición de latortura. El origen inmediato de estas prohibiciones se remonta a la res<strong>pues</strong>taque tuvo el mundo liber<strong>al</strong> frente a las prácticas inquisitori<strong>al</strong>es del Tribun<strong>al</strong> de laSanta Inquisición, que estuvo presente en varios lugares del mundo. En losprocesos que re<strong>al</strong>izaba el Tribun<strong>al</strong>, como se recuerda, se consideraba que elmismo tenía por función investigar acusados, extraer la confesión y “s<strong>al</strong>var el<strong>al</strong>ma”. De <strong>al</strong>lí que la confesión fuera la prueba reina – probatio probatissima-, ypara lograrla, los jueces debían procurar del encartado su confesión, utilizandocu<strong>al</strong>quier medio : tormentos, amenazas, dádivas, todo con el fin de ahorrarle <strong>al</strong>funcionario la obligación de probar los cargos, <strong>pues</strong> con la confesión erasuficiente. Aunado a las circunstancias de que se trataba de procesos oscurosy secretos, en los que los jueces no le informaban <strong>al</strong> acusado los motivos de ladetención y, sin embargo, se les obligaba a contestar preguntas que no sólo losautoincriminaba, sino que podían constituir indicios para otras acusacionesdistintas a las que originaron su detención e iniciar de esta forma otro procesoigu<strong>al</strong>mente oscuro y secreto.Contra estas prácticas, hoy en día el derecho contra la tortura – art. 12 de laConstitución, y la prohibición de la autoincriminación – art. 33 ibídem, songarantías esenci<strong>al</strong>es a favor del inculpado. Estas garantías no admiten matices,ni modulaciones, ni s<strong>al</strong>vedades, <strong>pues</strong> están directamente relacionadas conv<strong>al</strong>ores y principios tan importantes como la vida, la dignidad de la persona,asuntos que son de la esencia de la Constitución colombiana. Además, laprohibición de la autoincriminación y de la tortura está consagrada comoderechos fundament<strong>al</strong>es de aplicación inmediata (art. 85 de la Carta)” 141Cabe señ<strong>al</strong>ar que a lo largo de estos once años, la Corte ha hechoprecisiones, dentro del concepto que se ha denominado “derecho viviente”-sentencia C-557 de 2001-, precisiones encaminadas a res<strong>al</strong>tar que laaplicación del artículo 33 constitucion<strong>al</strong> puede proyectarse en todos los ámbitosde actuación de las personas, siempre y cuando se esté frente a una posible139 Pacto Internacion<strong>al</strong> de derechos civiles y políticos. Art. 14.140 CDH Informe de 1981 . También caso Ns 73/1980. Ver Anexo141 Sentencia C-102 de 2005. Magistrado Ponente Alfredo Beltrán Sierra.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!