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EL DEBIDO PROCESO CONCEPTO Tenemos pues al debido ...

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Carece de fundamento objetivo la actuación manifiestamente contraria a laConstitución y a la Ley. La legitimidad de las decisiones estat<strong>al</strong>es depende desu fundamentación objetiva y razonable. El principio de leg<strong>al</strong>idad rige elejercicio de las funciones públicas (CP art. 121), es condición de existencia delos empleos públicos (CP art. 122) y su desconocimiento genera laresponsabilidad de los servidores públicos (CP arts. 6, 90). Una decisión de laautoridad no es constitucion<strong>al</strong> solamente por el hecho de adoptarse en ejerciciode las funciones del cargo. Ella debe respetar la igu<strong>al</strong>dad de todos ante la ley(CP art. 13), principio que le imprime a la actuación estat<strong>al</strong> su carácterrazonable. Se trata de un verdadero límite sustanci<strong>al</strong> a la discrecion<strong>al</strong>idad delos servidores públicos, quienes, en el desempeño de sus funciones, nopueden interpretar y aplicar arbitrariamente las normas, so pena de abandonarel ámbito del derecho y pasar a patrocinar simple y llanamente actuaciones dehecho contrarias <strong>al</strong> Estado de Derecho que les da su legitimidad. 53adopción, por considerar vulnerados los derechos fundament<strong>al</strong>es y los de suhijo, específicamente, la igu<strong>al</strong>dad re<strong>al</strong> y efectiva, el <strong>debido</strong> proceso, el derechode defensa, el libre desarrollo de la person<strong>al</strong>idad, la protección especi<strong>al</strong> quemerece el núcleo familiar, los derechos de la mujer y los derechos del niño. LaCorte Constitucion<strong>al</strong> encontró error manifiesto del f<strong>al</strong>lador, f<strong>al</strong>ta defundamentación de la sentencia y el incumplimiento del control de leg<strong>al</strong>idaddis<strong>pues</strong>to por la ley respecto de las resoluciones de abandono proferidas porlas autoridades administrativas. Así mismo, se colocó a la peticionaria enposición de desventaja frente a la contraparte, vulnerando el principio deigu<strong>al</strong>dad proces<strong>al</strong> y sus derechos fundament<strong>al</strong>es de defensa y <strong>debido</strong> procesopor parte de la autoridad administrativa, <strong>al</strong> no atender las exigencias leg<strong>al</strong>es derecepción y práctica de las pruebas en condiciones de igu<strong>al</strong>dad para las partes.Actuó como juez de tutela, la S<strong>al</strong>a Civil de la Corte Suprema de Justicia queconfirmó la sentencia de primera instancia que concediera la tutela porconsiderar que la violación del derecho fundament<strong>al</strong> era manifiesta. 54La Constitución establece una extensa Carta de deberes, <strong>al</strong>gunos de ellos yadesarrollados por la ley y otros aún desprovistos de sanción que los hagajurídicamente aplicables. La doctrina moderna clasifica los deberes según losv<strong>al</strong>ores superiores en que se asientan: la igu<strong>al</strong>dad, la justicia y la solidaridad.En su orden, corresponden éstos a los deberes en un Estado democrático, enun Estado de derecho y en un Estado soci<strong>al</strong> de derecho, respectivamente. 55(art.2: "Son fines esenci<strong>al</strong>es del Estado: servir a la comunidad, promover laprosperidad gener<strong>al</strong> y garantizar la efectividad de los principios, derechos ydeberes consagrados..."; Art. 5 "El Estado reconoce, sin discriminación <strong>al</strong>guna,53 7 Boletín décimo de la C.C.54 Boletín séptimo de la C.C55 Boletín quinto de la C.C

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