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EL DEBIDO PROCESO CONCEPTO Tenemos pues al debido ...

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La contracara de la presunción de inocencia son las medidas precautoriascomo la prisión preventiva. En el derecho pen<strong>al</strong> moderno solamente se admitenmedidas precautorias cuando hay riesgo de fuga o peligro cierto de que lapersona afecte la investigación del hecho de forma indebida.Presunción de inocencia en el ámbito de los derechos humanosLa presunción de inocencia es una garantía consagrada en la DeclaraciónUnivers<strong>al</strong> de los Derechos Humanos y en tratados internacion<strong>al</strong>es sobrederechos humanos como, por ejemplo, la Convención Americana sobreDerechos Humanos o Pacto de San José de Costa Rica.Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocenciamientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley en un ejercicio públicoen el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias a su defensaArticulo 11 de la Declaración Univers<strong>al</strong> de los Derechos HumanosSegún la constituciónCP -Articulo 29. El <strong>debido</strong> proceso se aplicará a toda clase de actuacionesjudici<strong>al</strong>es y administrativas.Nadie podrá ser juzgado sino conforme a leyes preexistentes <strong>al</strong> acto que se leimputa, ante juez o tribun<strong>al</strong> competente y con observancia de la plenitud de lasformas propias de cada juicio.En materia pen<strong>al</strong>, la ley permisiva o favorable, aun cuando sea posterior, seaplicará de preferencia a la restrictiva o desfavorable.Toda persona se presume inocente mientras no se la haya declaradojudici<strong>al</strong>mente culpable. Quien sea sindicado tiene derecho a la defensa y a laasistencia de un abogado escogido por él, o de oficio, durante la investigación yel juzgamiento; a un <strong>debido</strong> proceso público sin dilaciones injustificadas; apresentar pruebas y a controvertir las que se <strong>al</strong>leguen en su contra; a impugnarla sentencia condenatoria, y a no ser juzgado dos veces por el mismo hecho.Es nula, de pleno derecho, la prueba obtenida con violación del <strong>debido</strong>proceso.Según la legislaciónLey 734 de 2002Por la cu<strong>al</strong> se expide el Código Disciplinario ÚnicoLegislación artículo 9o. PRESUNCIÓN DE INOCENCIA. A quien se atribuyauna f<strong>al</strong>ta disciplinaria se presume inocente mientras no se declare suresponsabilidad en f<strong>al</strong>lo ejecutoriado.Ley 600 de 2000Por la cu<strong>al</strong> se expide el Código de Procedimiento Pen<strong>al</strong>Articulo 7o. PRESUNCION DE INOCENCIA. Toda persona se presumeinocente y debe ser tratada como t<strong>al</strong> mientras no se produzca una sentenciacondenatoria definitiva sobre su responsabilidad pen<strong>al</strong>.En las actuaciones pen<strong>al</strong>es toda duda debe resolverse en favor del procesado.

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