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EL DEBIDO PROCESO CONCEPTO Tenemos pues al debido ...

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Únicamente las condenas proferidas en sentencias judici<strong>al</strong>es en firme tienen lac<strong>al</strong>idad de antecedentes pen<strong>al</strong>es y contravencion<strong>al</strong>es.Articulo 3o. LIBERTAD. Toda persona tiene derecho a que se respete sulibertad. Nadie puede ser molestado en su persona o familia, ni privado de sulibertad, ni su domicilio registrado, sino en virtud de mandamiento escrito deautoridad judici<strong>al</strong> competente, emitido con las form<strong>al</strong>idades leg<strong>al</strong>es y pormotivos previamente definidos en la ley.La detención preventiva, en los términos regulados en este código, estarásujeta a la necesidad de asegurar la comparecencia <strong>al</strong> proceso del sindicado,la preservación de la prueba y la protección de la comunidad.Según la jurisprudenciaSentencia del Tribun<strong>al</strong> Constitucion<strong>al</strong> 218/2002Vulneración del derecho por una medida de control sobre las comunicacionesíntimas de los presos que no se encuentra justificada específicamente. STC57/1994.Sentencia del Tribun<strong>al</strong> Constitucion<strong>al</strong> 207/2002Derecho a la presunción de inocencia (art. 24.2 CE): virtu<strong>al</strong>idad de lasdeclaraciones de los coimputados para enervar la presunción de inocencia.Sentencia del Tribun<strong>al</strong> Constitucion<strong>al</strong> 200/2002Derecho a un proceso con todas las garantías (art. 24.2 CE): necesidad derespetar los principios de inmediación y contradicción en la v<strong>al</strong>oración de laprueba en la segunda instancia. STC 167/2002.Sentencia del Tribun<strong>al</strong> Constitucion<strong>al</strong> 196/2002Derecho de reunión (art. 21 CE): doctrina sobre este derecho fundament<strong>al</strong>;pautas que han de informar la labor interpretativa de los órganos judici<strong>al</strong>es,especi<strong>al</strong>mente cuando las resoluciones incidan en el contenido de un derechofundament<strong>al</strong> sustantivo.Sentencia del Tribun<strong>al</strong> Constitucion<strong>al</strong> 192/2002Derecho <strong>al</strong> secreto de las comunicaciones de los ciudadanos recluidos en uncentro penitenciario (art. 18.3 CE, en relación con el art. 25.2 CE): requisitosque deben cumplir los Acuerdos o medidas de intervención de las mismas.STC 106/2001.Sentencia del Tribun<strong>al</strong> Constitucion<strong>al</strong> 183/2002Derecho a la utilización de los medios de prueba pertinentes para la defensa(derecho a la prueba) (art. 24.2 CE): f<strong>al</strong>ta de res<strong>pues</strong>ta a la petición de pruebatestific<strong>al</strong> formulada por un recluso, que vulnera el derecho fundament<strong>al</strong>.Sentencia del Tribun<strong>al</strong> Constitucion<strong>al</strong> 181/2002Derecho a la presunción de inocencia (art. 24.2 CE): necesidad de unacorroboración mínima de las declaraciones de los coimputados para que lasmismas permitan desvirtuar la presunción de inocencia.Sentencia del Tribun<strong>al</strong> Constitucion<strong>al</strong> 180/2002Derecho a la presunción de inocencia (art. 24.2 CE): derecho a no sercondenado sin pruebas válidas.

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