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EL DEBIDO PROCESO CONCEPTO Tenemos pues al debido ...

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1991), el cu<strong>al</strong> consagra dentro de sus normas rectoras el habeas corpusarticulo 5: “quien estuviere ileg<strong>al</strong>mente privado de su libertad tiene derecho ainvocar ante cu<strong>al</strong>quier autoridad judici<strong>al</strong>, en todo tiempo, por si o porinter<strong>pues</strong>ta persona, el habeas corpus, el cu<strong>al</strong> debe resolverse en el termino de36 horas contadas desde el momento de la solicitud y sin tener en cuenta elnumero de retenidos”, el articulo 430 se define el habeas corpus como unaacción publica otorgada a quien se encuentra privado de la libertad, bien seapor haber capturado con violación de las garantías constitucion<strong>al</strong>es o leg<strong>al</strong>es, obien porque se prolongue ilícitamente esa privación, con la ley 15 de 1992 y laexpedición de la constitución se presentaron varios casos de personasencerradas e investigadas por delitos de competencia de jueces region<strong>al</strong>es ytribun<strong>al</strong> nacion<strong>al</strong> invocando el habeas corpus, ya que consideraban que existíaprolongación ileg<strong>al</strong> de privación de la libertad, por vencimiento de términos..Con la nueva constitución apareció la corte Constitucion<strong>al</strong> encabeza y guardade la constitución, se le encargo el solucionar las sentencias en relación <strong>al</strong>habeas corpus, <strong>al</strong>gunas de considerable importancia como la sentencia C-557de 1992: en base en la inestabilidad que se podía presentar en el territorio<strong>debido</strong> a la expedición del nuevo Código de Procedimiento Pen<strong>al</strong> y el numerode procesados que solicitaban el habeas corpus por la antigua justicia de ordenpublico y la masiva libertad provision<strong>al</strong> sobreviviente. El gobierno declaraestado de conmoción por el decreto 1156 de 1992 art 3: “en los delitos decompetencia de los jueces region<strong>al</strong>es y del tribun<strong>al</strong> Nacion<strong>al</strong> no procederá laacción de habeas corpus por caus<strong>al</strong>es previstas para obtener la libertadprovision<strong>al</strong>, las cu<strong>al</strong>es deben <strong>al</strong>egarse dentro del proceso respectivo. Tampocoprocederá para efecto de revisar la leg<strong>al</strong>idad de las providencias que hubierendecidido sobre la privación de la libertad”. Este respecto manifestó la CorteConstitucion<strong>al</strong>: “se utiliza el recurso de habeas corpus en este articulo 3º, a lamanera de su primigenia expresión, no temiendo por la libertad individu<strong>al</strong> porcausa de la actuación de los jueces, sino mas bien, por las actuaciones deautoridades no judici<strong>al</strong>es, frente a las cu<strong>al</strong>es queda, para estos delitos, elhabeas corpus a disposición de quienes deban utilizarlos”Para la sentencia C-301 de 1993, en la cu<strong>al</strong> se examina la constitucion<strong>al</strong>idadde la ley 15 de 1992 con argumentación de que tratándose de un derechoconstitucion<strong>al</strong> fundament<strong>al</strong> como la libertad este necesitaba re<strong>al</strong>izarse por un<strong>al</strong>ey estatutaria como lo establece el articulo 152 de la constitución y no por un<strong>al</strong>ey ordinariaSentencia C-010 de 1994: en esta sentencia se estudia la demanda deinconstitucion<strong>al</strong>idad de expresión: “pero el tramite corresponde exclusivamente<strong>al</strong> juez pen<strong>al</strong>” contenida en el articulo 431 del Código De Procedimiento pen<strong>al</strong>,y la cu<strong>al</strong> según el actor iba en contradicción con la constitución política en suarticulo 30 debe entenderse en conformidad con el principio de especi<strong>al</strong>idadentre las distintas ramas de la administración de justicia. Aplicación del habeas corpus en Colombia: para entender de unamejor manera la practica del habeas corpus en Colombia es necesario dar aconocer los conceptos y las situaciones de captura leg<strong>al</strong> y prolongación ileg<strong>al</strong>de privación de libertad

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