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EL DEBIDO PROCESO CONCEPTO Tenemos pues al debido ...

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"determinación de sus derechos", esta expresión se refiere a cu<strong>al</strong>quierautoridad pública, sea administrativa, legislativa o judici<strong>al</strong>, que a través de susresoluciones determine derechos y obligaciones de las personas. Por la razónmencionada, esta Corte considera que cu<strong>al</strong>quier órgano del Estado que ejerzafunciones de carácter materi<strong>al</strong>mente jurisdiccion<strong>al</strong>, tiene la obligación deadoptar resoluciones apegadas a las garantías del <strong>debido</strong> proceso leg<strong>al</strong> en lostérminos del artículo 8 de la Convención Americana".Protección internacion<strong>al</strong> del Debido ProcesoEl <strong>debido</strong> proceso <strong>al</strong> ser uno de los mayores logros de la persona y eldesarrollo de unos mínimos de garantías para <strong>al</strong>guien que esta siendo juzgado,tiene carácter de cumplimiento en la mayoría de los países del mundo,resguarda su protección en instituciones internacion<strong>al</strong>es que hacencomprometer a los Estados el cumplimiento de esos mínimos, entre otrasinstituciones o formas de protección se encuentran: Naciones Unidas: la declaración incluyo entre sus derechosfundament<strong>al</strong>es el <strong>debido</strong> proceso contenido en su articulo 11: “1. Toda personaacusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no sepruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se lehayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa. 2. Nadieserá condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse nofueron delictivos según el Derecho interno o Internacion<strong>al</strong>. Tampoco seimpondrá pena mas grave que la aplicable en el momento de la omisión deldelito”.Pero las Naciones Unidas <strong>al</strong> incluirlo como un derecho fundament<strong>al</strong> expresa lamanera en que se puede hacer cumplir y es por medio del Comité de DerechosHumano del Pacto Internacion<strong>al</strong> de Derechos Civiles y políticos, pero ¿Cómo?,aquí se presentaran y se explicaran los dos medios que tiene este pacto parahacerlo respetara. Comunicaciones Estat<strong>al</strong>es: consiste en que si <strong>al</strong>gún Estado parte delpacto en <strong>al</strong>gún momento no h<strong>al</strong>la cumplido con las estipulaciones del pacto, elotro Estado tiene la facultad de presentar comunicaciones diciendo que el otroEstado no cumple con las obligaciones que el impone el Pacto, si un asuntoremitido <strong>al</strong> comité no se resuelve a satisfacción de los Estados partesinteresados, el Comité, con el previo consentimiento de los Estados partesinteresados podrá asignar una Comisión especi<strong>al</strong> de Conciliación.b. Comunicaciones de individuos: todo individuo que <strong>al</strong>egue unaviolación de cu<strong>al</strong>quiera de sus derechos enumerados en el Pacto y que hayaagotado todos los recursos internos disponibles, podrá someter a consideracióndel Comité una comunicación escrita, siempre y cuando el Estado parte en elpacto que sea parte en el Protocolo facultativo del Pacto Internacion<strong>al</strong> deDerechos Civiles y Políticos. Pero de acuerdo con el articulo 5 el Protocolo norevisara ninguna solicitud si no cumple con estos requisitos: el mismo asuntono ha sido sometido a otro procedimiento de examen y o arreglo internacion<strong>al</strong> yque el individuo h<strong>al</strong>la agotado todo los recursos de jurisdicción interna

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