19.02.2013 Views

Codigo%20Civil%20Venezolano

Codigo%20Civil%20Venezolano

Codigo%20Civil%20Venezolano

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

ecíproco o de un tercero.<br />

Sección I<br />

De la Capacidad para Disponer por Testamento<br />

Artículo 836.- Pueden disponer por testamento todos los que no estén declarados<br />

incapaces de ello por la Ley.<br />

Artículo 837.- Son incapaces de testar:<br />

1º Los que no hayan cumplido diez y seis años, a menos que sean viudos, casados o<br />

divorciados.<br />

2º Los entredichos por defecto intelectual.<br />

3º Los que no estén en su ,juicio al hacer el testamento.<br />

4º Los sordomudos y los mudos que no sepan o no puedan escribir.<br />

Artículo 838.- Para calificar la capacidad de testar se atiende únicamente al tiempo en<br />

que se otorga el testamento.<br />

Sección II<br />

De la Capacidad para Recibir por Testamento<br />

Artículo 839.- Pueden recibir por testamento todos los que no estén declarados<br />

incapaces de ello por la Ley.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!